CODEMA19-09-0937
CODEMA19-09-0937
Resumen | Actas del cabildo municipal de Málaga, sesión de 14 de febrero de 1813. |
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Archivo | Archivo Municipal de Málaga
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Referencia | Vol. 204, ff. 445v-446v. |
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Typology | Actas y declaraciones |
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Fecha | 1813/02/14 |
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Lugar | Málaga |
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Provincia | Málaga |
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País | España |
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La Ciudad de Malaga Consejo Juzticia y Regimiento
de ella se Juntó à Cavildo en su sala Capitular
como lo han de vso y costumbre hoy catorce de
Febrero de mil ochocientos trece años que lo Presidio
El señor don Geronimo Rafael Carrasco
Alcalde Primero
A el que concurrieron los señores Regidores
Don Josef Mendoza
Don Rafael Ysasy
Don Josef Fernandez
Don Fernando Chacon
Don Carlos de Salas
Don Rafael Santaella [margen inferior: signo] [margen superior: 446.]
Don Juan Pagliery
Don Juan Porta
Don Pedro Arnan
Don Josef Felix Gomez sindico.
Propocicion delos
señores Diputados sobre
fieles sobre haberse
intervenido la Car
ne de Carnecerias
para el Hospital Mi
litar. En este Cavildo los Caballeros Diputados sobrefie
les hizieron presente que en la mañana de este
dia se habia presentado en las carnicerias pu
blicas Don Francisco Baena Ayudante de esta Plaza
con orden del señor Governador para impedir la ven
ta delas carnes destinadas para el abasto publico
y consignandolas para el Hospital Militar deter
minamos que pudo atraer funestas consequen
cias por ser en la ora de de mas reunion de gentex
y por pedir varios el surtimiento de carnes para
los enfermos: que sin embargo de que el señor Go
vernador no tenia facultades para privar al
Pueblo de que se abasteciese con preferencia ni
ser de su atribucion mesclarse en asuntos poli
ticos por evitar altercados que pudiera haber dado
pabulo à concequencias funestas, susistieron à di
cha determinacion con la reserva de hacerlo presente
à este Ayuntamiento para la resolucion combenien
te de que impuesta la ciudad acuerda se pase oficio
al señor Governador de esta Plaza significándole la
reparable falta que se habia cometido en privar
al pueblo del presiso abasto de carnes y mas
quando su señoria no se halla autorizado por [margen inferior: signo] sello [margen superior: cruz
Quarenta maravedis.
SELLO QUARTO. QUAREN
TA MARAVEDIS, AÑO DE
MIL OCHOCIENTOS Y
TRECE.]
no entender en materias politicas y guberna
tivas del publico, y que en casó de reiterarse ser
responsable delas resultas que puedan ocurrir, pues
ni este cuerpo esta obligado à surtir carnes al
Hospital Militar ni fondos para atender
à este servicio y que le es muy doloroso que por
dichos acaecimientos este sufriendo el publico el
excecibo precio que ha tomado pues los abastecido
res por no pagarles la carne tomada para el
Hospital se han retraido de hacer arrimos, y so
lo lo berifican de corta porcion de Reses à precios
no conocidos
C. Con lo qual se concluyó este Cavildo quese firmó el
señor Alcalde Primero Presidente y competente
numero de señores Regidores concurrentes doy fee
carrasco [rúbrica] Rando [rúbrica] Porta [rúbrica]
José Sanchez de Castilla [rúbrica]
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