CODEMA19-09-09115

CODEMA19-09-09115

ResumenActas de la reunión que el cabildo municipal de Málaga celebró el 11 de enero de 1869.
ArchivoArchivo Municipal de Málaga
ReferenciaAMM, actas capitulares, vol. 270, ff. 18r-20v.
TypologyActas y declaraciones
Fecha1869/01/11
LugarMálaga
ProvinciaMálaga
PaísEspaña

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El Ayuntamiento Popular de Málaga se reunió a cabildo ordinario en su salón de sesiones, sito en la casa número , calle del Císter, a las 7 ½ de la noche de hoy, lunes once de enero de mil ochocientos sesenta y nueve. Presidió el alcalde popular don Isidoro Enciso. Asistieron los señores don José Fernández de Segura, don Joaquín Quiles, don Marcos Gómez de la Tia, don Antonio Corro Ferrer, don Juan Valera , , , y alcaldes, don Manuel de Torres Acevedo, don Guillermo Quintana, don Miguel Luque, don Juan Pérez Meléndez, don José Monerris, don Juan Santa María de la Torre, don Pedro Toscano, don Rafael Rivas, don Francisco Palanca, don Pascual Miret, don José Cubero Gabaldón, don Simón Castel Sáenz, don Juan González, don Enrique Mendiola, don Joaquín Gutiérrez Ortiz, don Antonio Lallave y don Francisco Galán, regidores. Se leyó el acta anterior y fue aprobada. El señor alcalde manifestó al Ayuntamiento le preocupaba la idea de que pudiera darse el caso de no tener terreno donde inhumar los cadáveres, toda vez que según el parte del capellán del cementerio de San Rafael no quedaba lugar más que el preciso para enterrar un mes bajo la proporción de la mortalidad ordinaria, y preguntó si se debía acordar que una vez lleno el dicho cementerio, toda vez que está probado hasta la saciedad que el terreno en que está construido no reúne las circunstancias a propósito, se despidan los empleados en aquel, dejando solamente el guarda. No hubo oposición al pensamiento y se acordó que, cuando concluya el terreno para enterrar en el cementerio de San Rafael, se cierre este, despidiendo a todos los empleados escepto al guarda, que debe cuidar no se profane aquel lugar sagrado. El señor don Francisco Palanca, como consecuencia de este acuerdo y lamentado haya necesidad de inhumar en el cementerio de San Miguel, toda vez que no hay otro lugar donde hacerlo cuando sea llegado el caso de cerrar el de San Rafael, dijo debía prohibirse terminantemente la exhumación de restos de los cadáveres que procedan de las epidemias coléridas que se sufrieron en esta ciudad por los años de 1854, 55 y 60, tomando las fechas anteriores y posteriores que la ciencia y la práctica tiene demostrado ser necesario precaverlas, porque antes del desarroyo de la enfermedad y después de su desenso, seguramente existe el contajio, pudiendo ser las fechas desde de julio de 1854 a 31 de enero de 1856, y desde de noviembre de 1859 a 31 de enero de 1861; y que la exhumación se entienda prohibida no solo de los cadáveres inhumados en nichos, sino los en las zanjas. Y el Ayuntamiento unanimemente acordó se prohíba la apertura de nichos y zanjas que contengan (de todos los) cadáveres inhumados desde los años citados, teniendo en cuenta la fecha anterior y posterior marcadas por el señor Palanca. El señor alcalde dio cuenta a la corporación se le había presentado doña Teresa Moyó, que con tanta abnegación y desinterés se había dedicado a la asistencia de los héredos, por los tristes sucesos del 31 de diciembre último y del corriente, y le había manifestado que para dar sepultura al cadáver de un cabo del Ejército a quien ella había estado asistiendo y por gratitud le llamaba madre, se sirviera dar órdenes para que le facilitaran una zanja particular que ella abonaría de su peculio; que le había parecido deber cederla gratis por deferencia a la señora Moyó que por tantos conceptos es acreedora a la consideración pública, pero que, como sus atribuciones como alcalde no le faculta para hacer esta clase de concesiones, pedía que la corporación se siriviera acordar si había hecho bien en concederla. Enterado el Ayuntamiento, acordó aprobar la cesión gratis de una zanja para inhumar el cadáver del cabo del Ejército, ocupándola solo el tiempo ordinario que se concede en las sepulturas de esta clase. Seguidamente, el señor alcalde manifestó se iba a proceder al sorteo de cuatro vecinos electores de cada uno de los nueve colegios, para que en unión de los alcaldes de barrios procedan a distribuir las nuevas cédulas talonarias que han de servir para la elección de diputados a Cortes, que debe tener lugar los días 15 al 18 del corriente, como se dispone en el decreto del gobierno provisional, fecha 20 de diciembre último. Se depositaron en un bombo de los que sirven para el sorteo de la quinta tantas papeletas cuantos electores correspondían a cada distrito electoral con el número que a cada uno correspondía en la lista numerada base de la elección, y, estrayéndose una a una y leídas por el infrascrito secretario, fueron nombrados para el distrito de la Merced, Antonio Aragonés Marín, Juan J. Núñez, Francisco Esteban, Juan Restoy Martínez; para el del Sagrario, Nicolás Nogueroles Powell, Miguel Jiménez López, Francisco Rodríguez Garzón y Rafael Tantalena Plu; para el de San Juan Antonio Bergua León, Antonio Rayos Ferrer, Francisco Ortiz y Segundo López Martínez; para el de los Mártires, Francisco Vario Guerrero, Ildefonso Carnero, Antonio Luque Luque, José Padilla Moreno; para el de Santiago, José García Martín, Juan Gómez Morcillo, Juan Heredia, Manuel García Vivar; para el de Santo Domingo, José Castro, Francisco Corrales, Antonio Utrera, Salvador Solís; para San Pedro, Antonio Román Linares, Antonio Bravo Fernández, Diego Ortiz Gil, José Sánchez Martín; para San Pablo, Juan Lorenzo Vilchez, Antonio Sánchez, Rafael Osorio y José Cruz; para San Felipe, Bernardo Meléndez Garrido, Francisco Sánchez Lebrón, José Cordón Camacho y Agustín Ledesma Fernández. El señor alcalde hizo presente a la corporación que por el Boletín extraordinario fecha 9 del corriente se declara disuelta la Diputación de esta provincia, mandando que el día 14 tenga lugar el nombramiento de diputados y suplentes de este distrito, con arreglo al decreto del Gobierno provisional, fecha 12 de noviembre del año anterior al que se dio lectura, y por lo tanto debía procederse al nombramiento de dos concejales para que, en unión de los que elijan los pueblos del partido, hagan la designación de los diputados, cuya acta deberá remitirse al señor gobernador de la provincia antes del 17 de este mes. Pedido que la elección fuese por votación nominal, fueron elegidos por mayoría el señor alcalde don José Fernández de Segura y regidor don Rafael Rivas. Don Juan Rivas Casalá, en escrito fecha 7 de di ciembre anterior, propone al Ayuntamiento hacerse cargo del servicio de carros que el Ayuntamiento necesite para el riego de paseos y obras públicas, por la cantidad de 8500 reales anuales por cada un carro con su correspondiente tiro, incluso el jornal del peón conductor, bajo las condiciones que el mismo escrito espresa. Enterado el Ayuntamiento, acordó pase a informe de las comisiones de arbolados y obras públicas reunidas. El señor alcalde manifestó que el Ayuntamiento tenía adquirida una casa en la calle Muro de Santa Ana con objeto de dar paso entre las calles de la Victoria y Alcazabilla, pendientes por no haber podid adquirir otra de la del Pozo del Rey por razón de la exsorvitante suma que su dueño ecsige, y, con el temor de que al Ayuntamiento le puedan vender por desamortización la espresada casa del muro de Santa Ana, consultaba al Ayuntamiento si creía debiera demolerse. Discutido el particular en votación norminal, unánimamente acordó el Ayuntamiento se derribe la citada casa de la calle de Santa Ana luego que la inquilina la desocupe, para lo cual se le dará un término prudencial. A propuesta del regidor don José Monerris acordó el Ayuntamiento se forme un estracto de los censos que contienen los cinco libros que posee el Ayuntamiento, con nota marginal en aquellos que se hayan redimidos, y que al mismo tiempo se pida a la contaduría de hipotecas un certificado de lo que resulte inscripto como propiedad de la corporación. Salieron los señores Corro, Miret, Santa María, Pérez Meléndez, Castel y Torres Acevedo. El señor alcalde juntó a la corporación el estado precario de la caja municipal, sin recursos de ninguna especie, atenida esclusivamente a los ingresos por recargos de contribuciones y a lo que rinde los cementerios públicos, que, aun cuando la corporación posee bienes de gran cuantía y tratara de enajenarlos, sus pro ductos no serían de inmediata precepción por los fondos públicos, toda vez que habían de venderse por desamortización; que también posee las láminas del tesoro, equivalentes a los bienes propios engenados, que representan un capital de más de seis millones nominales; y, como único recurso, proponía se pignorasen en el banco de esta ciudad por un millón de reales. Conviniendo el Ayuntamiento que es el único recurso que le queda para salvar la situación difícil por que atraviesa en la actualidad por falta de fondos, acordó como propone el señor alcalde pignorar las espresadas láminas en el banco de esta ciudad por la cantidad de un millón de reales vellón. Se formará el oportuno espediente. Se levantó la sesión a las 10 ¼ de la referida noche. Firman los señores concurrentes, de que certifico. Enciso. [rúbrica] Fernández de Segura. [rúbrica] J. Quiles. [rúbrica] Gómez de la Tia. [rúbrica] Antonio Corro. [rúbrica] Toscano. [rúbrica] Palanca. [rúbrica] Valero. [rúbrica] Castel. [rúbrica] Luque. [rúbrica] Galán. [rúbrica] Monerri. [rúbrica] Quintana. [rúbrica] Santa María. [rúbrica] Miret. [rúbrica] Gonzales. [rúbrica] Mendiola. [rúbrica] Pérez Meléndez. [rúbrica] Torres Acevedo. [rúbrica] Gutiérrez. [rúbrica] Llano. [rúbrica] Cubero. [rúbrica] Pedro Antonio del A. P. [rúbrica] Franscico Lodi, secretario. [rúbrica]

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