CODEMA19-09-09115

CODEMA19-09-09115

SummaryActas de la reunión que el cabildo municipal de Málaga celebró el 11 de enero de 1869.
RepositoryArchivo Municipal de Málaga
IdentifierAMM, actas capitulares, vol. 270, ff. 18r-20v.
TypologyActas y declaraciones
Date1869/01/11
PlaceMálaga
ProvinceMálaga
CountryEspaña

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El Ayuntamiento popular de Málaga se reunió á cabildo ordinario en su salon de sesiones sito en la casa número calle del Cister á las 7 ½ de la noche de hoy lúnes once de Enero de mil ochocientos sesenta y nueve. Presidió el Alcalde popular. Don Ysidoro Enciso: asistieron los Señores Don José Fernandez de Segura, Don Joaquin Quiles, Don Marcos Gomez de la tia, Don Antonio Corró Ferrer, Don Juan Valera , , , y Alcaldes, Don Manuel de Torres Acevedo, Don Guillermo Quintana, Don Miguel Luque, Don Juan Perez Melendez, Don José Monerris, Don Juan Santa Maria de la Torre, Don Pedro Toscano, Don Rafael Rivas, Don Francisco Palanca, Don Pascual Miret, Don José Cubero Gabaldon, Don Simon Castel Saenz, Don Juan Gonzalez, Don Enrique Mendiola, Don Joaquin Gutierrez Ortiz, Don Antonio Lallave y Don Francisco Galan, Regidores. Se leyó el acta anterior y fué aprobada. El Señor Alcalde manifestó al Ayuntamiento le preocupaba la idea de que pudiera darse el caso de no tener terreno donde inhumar los cadáveres, toda vez que segun el parte del Capellan del Cementerio de San Rafael no quedaba lugar mas que el preciso para enterrar un mes bajo la proporcion de la mortalidad ordinaria, y preguntó si se debia acordar que una vez lleno el dicho Cementerio, toda vez que está probado hasta la saciedad que el terreno en que está construido no reune las circunstancias a proposito, se despidan los empleados en aquel, dejando solamente el guarda, no hubo oposicion al pensamiento y se acordó que cuando concluya el terreno para enterrar en el Cementerio de San Rafael, se cierre éste despidiendo á todos los empleados escepto al guarda que debe cuidar no se profane aquel lugar sagrado. El Señor Don Francisco Palanca como consecuencia de este acuerdo, y lamentado haya necesidad de inhumar en el Cementerio de San Miguel toda vez que no hay otro lugar donde hacerlo cuando sea llegado el caso de cerrar el de San Rafael dijo: debia prohibirse terminantemente la exhumación de restos de los cadáveres que procedan de las epidemias coléridas que se sufrieron en esta Ciudad por los años de 1854, 55 y 60 tomando las fechas anteriores y posteriores que la ciencia y la practica tiene demostrado ser necesario precaverlas, por que antes del desarroyo de la enfermedad y despues de su desenso, seguramente existe el contajio, pudiendo ser las fechas desde de Julio de 1854 á 31 de Enero de 1856 y desde de Noviembre de 1859 á 31 de Enero de 1861 y que la exhumacion se entienda prohibida no solo, de los cadaveres inhumados en nichos sino, los en las zanjas. Y el Ayuntamiento unanimemente acordó se prohiba la apertura de nichos y zanjas que contengan (de todos los) cadáveres inhumados desde los años citados teniendo en cuenta la fecha anterior y posterior marcadas por el Señor Palanca. El Señor Alcalde dió cuenta á la Corporacion, se le habia presentado Doña teresa Moyó que con tanta abnegacion y desinterés se habia dedicado á la asistencia de los héredos, por los tristes sucesos del 31 de Diciembre último y del corriente y le habia manifestado que para dar sepultura al cadaver de un cabo del Ejercito á quien ella habia estado asistiendo y por gratitud le llamaba madre, se sirviera dar órdenes para que le facilitaran una zanja particular que ella abonaria de su peculio: que le habia parecido deber cederla gratis por deferencia á la Señora Moyó que por tantos conceptos es acreedora á la consideracion pública, pero que como sus atribuciones como Alcalde no le faculta para hacer esta clase de concesiones pedia que la Corporacion se siriviera acordar si habia hecho bien en concederla. Enterado el Ayuntamiento acordó aprobar la cesion gratis de una zanja para inhumar el cadaver del cabo del Ejercito, ocupandola solo el tiempo ordinario que se concede en las sepulturas de esta clase. Seguidament el Señor Alcalde manifestó se iba á proceder al sorteo de cuatro vecinos, electores de cada uno de los nueve Colegios, para que en unión de los Alcaldes de barrios procedan á distribuir las nuevas cedulas talonarias que han de servir para la eleccion de Diputados á Cortes, que debe tener lugar los dias 15 al 18 del corriente como se dispone en el decreto del Gobierno provisional fecha 20 de Diciembre último. Se depositaron en un bombo, de los que sirven para el sorteo de la quinta, tantas papeletas, cuantos electores correspondian á cada distrito electoral con el número que á cada uno correspondia en la lista numerada, base de la eleccion, y estrayendose una á una y leidas por el infrascrito Secretario fueron nombrados: para el distrito de la Merced Antonio Aragonés Marin, Juan J. Nuñez, Francisco Esteban, Juan Restoy Martinez: para el del Sagrario Nicolás Nogueroles Powell, Miguel Jimenez Lopez, Francisco Rodriguez Garzon y Rafael Tantalena Plú: para el de San Juan Antonio Bergua Leon, Antonio Rayos Ferrer, Francisco Ortiz y Segundo Lopez Martinez: para el de los Martires, Francisco Vario Guerrero, Yldefonso Carnero, Antonio Luque Luque, José Padilla Moreno; para el de Santiago, José Garcia Martin, Juan Gomez Morcillo, Juan Heredia, Manuel Garcia Vivar: para el de Santo Domingo, José Castro, Francisco Corrales, Antonio Utrera, Salvador Solis; para San Pedro, Antonio Roman Linares, Antonio Bravo Fernandez, Diego Ortiz Gil, José Sanchez Martin para San Pablo, Juan Lorenzo Vilchez, Antonio Sanchez, Rafael Osorio y José Cruz: para San Felipe Bernardo Melendez Garrido, Francisco Sanchez Lebron, José Cordon Camacho y Agustin Ledesma Fernandez. El Señor Alcalde hizo presente á la Corporacion que por el boletín extraordinario fecha 9 del corriente se declara disuelta la Diputacion de esta provincia, mandando que el dia 14 tenga lugar el nombramiento de Diputados y suplentes de este distrito, con arreglo al decreto del Gobierno provisional fecha 12 de Noviembre del año anterior al que se dió lectura y por lo tanto debia procederse al nombramiento de dos Concejales para que en union de los que elijan los pueblos del partido hagan la designacion de los Diputados, cuya acta deberá remitirse al Señor Gobernador de la provincia antes del 17 de este mes. Pedido que la eleccion fuese por votacion nominal fueron elegidos por mayoria el Señor Alcalde Don José Fernandez de Segura y Regidor Don Rafael Rivas. Don Juan Rivas Casalá en escrito fecha 7 de Di ciembre anterior propone al Ayuntamiento hacerse cargo del servicio de carros, que el Ayuntamiento necesite para el riego de paseos y obras públicas, por la cantidad de 8500 reales anuales por cada un carro con su correspondiente tiro incluso el jornal del peon conductor, bajo las condiciones que el mismo escrito espresa. Enterado el Ayuntamiento acordó pase á informe de las comisiones de arbolados y obras públicas reunidas. El Señor Alcalde manifestó que el Ayuntamiento tenia adquirida una casa en la calle Muro de Santa Ana con objeto de dar paso entre las Calles de la Victoria y Alcazabilla pendientes por no haber podid adquirir otra de la del Pozo del Rey por razon de la exsorvitante suma que su dueño ecsige y con el temor de que al Ayuntamiento le puedan vender por desamortizacion la espresada casa del muro de Santa Ana, consultaba al Ayuntamiento si creía debiera demolerse. Discutido el particular en votacion norminal, unánimamente acordó el Ayuntamiento se derribe la citada casa de la calle de Santa Ana luego que la inquilina la desocupe para lo cual se le dará un término prudencial. A propuesta del Regidor Don Jose Monerris acordó el Ayuntamiento se forme un estracto de los censos que contienen los cinco libros, que posee el Ayuntamiento con nota marginal en aquellos que se hayan redimidos y que al mismo tiempo se pida á la Contaduria de Hipotecas un certificado de lo que resulte inscripto como propiedad de la Corporacion. Salieron los Señores Corró, Miret, Santa Maria, Perez Melendez, Castel y Torres Acevedo. El Señor Alcalde juntó á la Corporacion el estado precario de la caja Municipal sin recursos de ninguna especie atenida esclusivamente á los ingresos por recargos de contribuciones y á lo que rinde los Cementerios públicos, que aun cuando la Corporacion posee bienes de gran cuantia y tratára de enajenarlos, sus pro ductos no serian de inmediata precepcion por los fondos públicos, toda vez, que habian de venderse por desamortizacion; que tambien posee las laminas del tesoro equivalentes á los bienes Propios engenados que representan un capital de mas de seis millones nominales y como único recurso proponia se pignorasen en el Banco de esta Ciudad por un millon de reales. Conviniendo el Ayuntamiento que es el único recurso que le queda para salvar la situacion dificil por que atraviesa en la actualidad por falta de fondos, acordó como propone el Señor Alcalde pignorar las espresadas láminas en el Banco de esta Ciudad por la cantidad de un millon de reales vellon. Se formará el oportuno espediente. Se levantó la sesion á las 10 ¼ de la referida noche, firman los Señores concurrentes de que certifico Enciso [rúbrica] Fernandez de Segura [rúbrica] J. Quiles [rúbrica] Gomez de la tia [rúbrica] Antonio Corro [rúbrica] Toscano [rúbrica] Palanca [rúbrica] Valero [rúbrica] Castel [rúbrica] Luque [rúbrica] Galan [rúbrica] Monerr [rúbrica] Quintana [rúbrica] Santa Maria [rúbrica] Miret [rúbrica] Gonzales [rúbrica] Mendiola [rúbrica] Perez Melendez [rúbrica] Torres Acevedo [rúbrica] Gutierrez [rúbrica] Llano [rúbrica] Cubero [rúbrica] Pedro Antonio del A P. [rúbrica] Franscico Lodi secretario [rúbrica]

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