CODEMA19-09-0969

CODEMA19-09-0969

ResumenActas de la reunión que el cabildo municipal de Málaga celebró el 31 de diciembre de 1838.
ArchivoArchivo Municipal de Málaga
ReferenciaVol. 240, ff. 344r-347r.
TypologyActas y declaraciones
Fecha1838/12/31
LugarMálaga
ProvinciaMálaga
PaísEspaña

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El Ayuntamiento Constitucional de esta ciudad se junto a cavildo en su sala capitular hoy, treinta y uno de diciembre de mil ochocientos treinta y ocho, que lo precidió el señor don Antonio Checa de la Vega, alcalde primero constitucional, al que asistieron los señores don Joaquín García Segovia, don Francisco Reboul, don José Trigueros Navas, don Simón Castell, don Antonio Spiteri, don Vicente Serrano, don José Novillo, don Juan Díaz Anaya, don Ramón del Valle, don Nicolás Bonifás, don Pedro Gómez Sancho. Leída el acta anterior, se halló conforme. El señor regidor don Juan Díaz Anaya manifiesta el desempeño de su cometido, que ha reconocido la parte inculta de las dehesas del prado y fresneda, encontrando en ella aprovechando sus pastos algunos ganados que hizo salir nombrando para la guarda a Juan Moreno, a quien opina se le den cinco reales diarios, haciendo cesar a dos que tenía puesto Antonio Hurtado; que también ha advertido que este y otros varios han roturado y sembrado porción de fanegas, siendo de parecer se saquen a subasta dichos pastos inmediatamente. Y el Ayuntamiento aprovó el nombramiento del guarda con el salario que propone, y acordó se saque a la subasta los pastos por el término de quince días contados desde la publicación, sin perjuicio de darse cuenta a la Excelentísima Diputación Provincial que la contaduría forme el pliego de condiciones bien claro y terminante, dando comición al mismo señor para que con peritos haga el aprecio de los valores de las llervas y pastos, dando una idea del daño causado, para resolver sobre ello; y por lo que hace a la siembra que han practicado algunos indebidamente, también valúe lo que debe redituar por vía de indegnisación y con el objeto de no perjudicar la riqueza pública si se usase de dicha siembra para pastos; y, por último, que imbestigue también el abanse que hallan podido hacer los sorteros sembrando más tierras que las cuatro fanegas que le están señaladas, y que la contaduría facilite a dicho señor comicionado cuantas noticias pueda nesecitar al buen desempeño de su cometido. Previo permiso entró el contador don Carlos Díaz e hizo precente que la Excelentísima Diputación Provincial aún no había aprovado los espedientes de subasta de los arvitrios municipales. Y el Ayuntamiento acordó dar comición a los señores regidores don Juan Díaz Anaya y don Nicolás Bonifás para intervenir y arreglar la intervención de aquellos. En el ínterin, su excelencia aprueba los remates celebrados, observando las reglas siguientes: para el arvitrio de 8 maravedís en libra de carne y el de alhóndiga, se nombrará un recaudador; respecto de los derechos que se recaudan en puertas, que se oficie al señor intendente para que el ingreso lo tenga a dispocición del Ayuntamiento como partícipe hasta tanto que se avise a su señoría haber quedado en un arrendador, y que mientras se verifica se reconocerán en los fielatos como interventores a los espresados señores; la del cuartillo en arroba de bacalao, que mediante a tener pagado la mitad de la renta, puede encargársele a su arrendador la recaudación por su cuenta, mediante a que la Excelentísima Diputación Provincial no puede oponer reparo por cubrir valores en demacía y tener asegurada la responsabilidad; lo mismo se observará respecto de los almacenes de alhóndiga por estar en el mismo caso; respecto del de ciudad y playa, se oficiará al señor intendente para que la parte que de él se cobra por las oficinas de hacienda la tenga a dispocición del Ayuntamiento; y por lo que hace a las romanas, los señores comicionados procederán a su arriendo sacando las mayores ventajas pocibles y, para su exacto conocimiento, se les pasará una hoja del recudimiento. Y respecto de la alcaidía de Puerta Nueva, que consiste en ocho maravedís por carga de salida en el fielato, se oficiará al señor intendente para que tenga este arvitrio a dispocición de esta corporación. El señor alcalde segundo, don Joaquín García Segovia, precenta los padrones rurales. Y el Ayuntamiento acordó se conserven para el uso que combenga. El mismo señor precenta el resultado de las multas que ha exigido y su aplicación. Y el Ayuntamiento, de conformidad, quedó enterado. El mismo señor manifiesta haber hecho entrega al señor regidor Valle del libro índice que existía en su poder procedente del archivo, cuyo señor regidor se daba por recivido. Y el Ayuntamiento quedó enterado. El Ayuntamiento acuerda dar comición al señor regidor don Nicolás Bonifás para que, tomando antecedentes de contaduría, practique con peritos el deslinde y demás que sea nesesario hacer en la dehesa de las mesquitas donde parece se han detentado tierras, dando cuenta del resultado. La Excelentísima Diputación Provincial resuelve que a don Antonio Vivar se le cobre por el empedrado de la calle de Cuarteles una bara de salida por las de fachada, y que auxilie a esta obra los fondos de policía por la cantidad de dos mil reales, practicándose las diligencias competentes para recaudar lo que corresponde a deudores. Y el Ayuntamiento acordó su cumplimiento, dando comición al señor regidor don Nicolás Bonifás para la continuación de las diligencias de la cobranza a los deudores, pagándose al señor alcalde don Francisco Reboul 3500 reales, que suplió. El Ayuntamiento acuerda que la secretaría, con arreglo a los antecedentes, haga una referencia del empedrado de la calle de Cuarteles, su costo y planta de arbolado, y comunique al Boletín oficial en justa retribución al zelo con que ha procedido el señor alcalde cuarto don Francisco Reboul, único que se tomó a su cuidado este beneficio público. El caballero obrero mayor manifiesta existen en poder del arquitecto Mitjana noventa reales por derechos de huecos de varcas, obras públicas. Y el Ayuntamiento acordó que dicho arquitecto haga entrega de esta cantidad en la Junta Municipal de Beneficencia y se precente la correspondiente carta de pago. El depocitario precenta varias cuentas de gastos menores en los ramos de propios, policía, enterramiento y milicia nacional, ascendiente a 14742 reales. Y, hallándose visadas por el señor alcaide y regidores encargados, el Ayuntamiento acordó se le estienda el oportuno libramiento de abono. Y se concluyó este cavildo, que firman su precidente y señores concurrentes, de que certifico. Checa. [rúbrica] Segovia. [rúbrica] Serrano. [rúbrica] Trigueros. [rúbrica] Spiteri. [rúbrica] Novillo. [rúbrica] Díaz. [rúbrica] Castell. [rúbrica] Valle. [rúbrica] Reboul. [rúbrica] Gómez. [rúbrica] Joaquín Arias. [rúbrica]

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