CODEMA19-09-0969
CODEMA19-09-0969
Resumen | Actas de la reunión que el cabildo municipal de Málaga celebró el 31 de diciembre de 1838. |
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Archivo | Archivo Municipal de Málaga
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Referencia | Vol. 240, ff. 344r-347r. |
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Typology | Actas y declaraciones |
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Fecha | 1838/12/31 |
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Lugar | Málaga |
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Provincia | Málaga |
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País | España |
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El
Ayuntamiento Constitucional de esta ciudad se junto
a cavildo en su sala capitular hoy,
treinta y uno de diciembre de mil
ochocientos treinta y ocho, que lo precidió
el señor don Antonio Checa de
la Vega, alcalde primero constitucional,
al que asistieron los señores
don Joaquín García Segovia,
don Francisco Reboul,
don José Trigueros Navas,
don Simón Castell,
don Antonio Spiteri,
don Vicente Serrano,
don José Novillo,
don Juan Díaz Anaya,
don Ramón del Valle,
don Nicolás Bonifás,
don Pedro Gómez Sancho.
Leída el acta anterior, se halló conforme.
El señor regidor don Juan Díaz Anaya
manifiesta el desempeño de su cometido, que ha
reconocido la parte inculta de las dehesas
del prado y fresneda, encontrando en ella
aprovechando sus pastos algunos ganados
que hizo salir nombrando para la guarda a
Juan Moreno, a quien opina se le den
cinco reales diarios, haciendo cesar a dos que
tenía puesto Antonio Hurtado; que también
ha advertido que este y otros varios han
roturado y sembrado porción de fanegas,
siendo de parecer se saquen a subasta dichos
pastos inmediatamente. Y el Ayuntamiento aprovó el
nombramiento del guarda con el salario que propone,
y acordó se saque a la subasta los pastos
por el término de quince días contados desde
la publicación, sin perjuicio de darse cuenta
a la Excelentísima Diputación Provincial que la contaduría
forme el pliego de condiciones bien claro y
terminante, dando comición al mismo señor
para que con peritos haga el aprecio de los
valores de las llervas y pastos, dando una
idea del daño causado, para resolver sobre ello;
y por lo que hace a la siembra que han
practicado algunos indebidamente, también valúe
lo que debe redituar por vía de
indegnisación y con el objeto de no perjudicar la
riqueza pública si se usase de dicha siembra
para pastos; y, por último, que imbestigue
también el abanse que hallan podido
hacer los sorteros sembrando más tierras
que las cuatro fanegas que le están
señaladas, y que la contaduría facilite a
dicho señor comicionado cuantas noticias
pueda nesecitar al buen desempeño de su
cometido.
Previo permiso entró el
contador don Carlos Díaz e hizo precente
que la Excelentísima Diputación Provincial aún no
había aprovado los espedientes de
subasta de los arvitrios municipales. Y el
Ayuntamiento acordó dar comición a los señores
regidores don Juan Díaz Anaya y don
Nicolás Bonifás para intervenir y arreglar
la intervención de aquellos. En el
ínterin, su excelencia aprueba los remates celebrados,
observando las reglas siguientes: para
el arvitrio de 8 maravedís en libra de carne y
el de alhóndiga, se nombrará un
recaudador; respecto de los derechos que se
recaudan en puertas, que se oficie al señor
intendente para que el ingreso lo tenga
a dispocición del Ayuntamiento como
partícipe hasta tanto que se avise a su señoría
haber quedado en un arrendador, y
que mientras se verifica se
reconocerán en los fielatos como interventores a
los espresados señores; la del cuartillo en arroba de
bacalao, que mediante a tener pagado la
mitad de la renta, puede encargársele a su
arrendador la recaudación por su cuenta,
mediante a que la Excelentísima Diputación Provincial no
puede oponer reparo por cubrir
valores en demacía y tener asegurada la
responsabilidad; lo mismo se observará
respecto de los almacenes de alhóndiga
por estar en el mismo caso; respecto del
de ciudad y playa, se oficiará al señor
intendente para que la parte que de él se
cobra por las oficinas de hacienda la
tenga a dispocición del Ayuntamiento; y
por lo que hace a las romanas, los señores
comicionados procederán a su arriendo
sacando las mayores ventajas pocibles y, para
su exacto conocimiento, se les pasará una
hoja del recudimiento. Y respecto de la
alcaidía de Puerta Nueva, que consiste en
ocho maravedís por carga de salida en el
fielato, se oficiará al señor intendente para que
tenga este arvitrio a dispocición de esta corporación.
El señor alcalde segundo, don
Joaquín García Segovia, precenta los
padrones rurales. Y el Ayuntamiento acordó se
conserven para el uso que combenga.
El mismo señor precenta el
resultado de las multas que ha exigido y su
aplicación. Y el Ayuntamiento, de conformidad,
quedó enterado.
El mismo señor manifiesta
haber hecho entrega al señor regidor Valle
del libro índice que existía en su poder
procedente del archivo, cuyo señor regidor
se daba por recivido. Y el
Ayuntamiento quedó enterado.
El Ayuntamiento acuerda dar
comición al señor regidor don Nicolás Bonifás
para que, tomando antecedentes de contaduría,
practique con peritos el deslinde y
demás que sea nesesario hacer en la
dehesa de las mesquitas donde parece se
han detentado tierras, dando cuenta del
resultado.
La Excelentísima Diputación Provincial
resuelve que a don Antonio Vivar se le cobre
por el empedrado de la calle de
Cuarteles una bara de salida por las de
fachada, y que auxilie a esta obra los
fondos de policía por la cantidad de
dos mil reales, practicándose las
diligencias competentes para recaudar lo que
corresponde a deudores. Y el Ayuntamiento
acordó su cumplimiento, dando comición al
señor regidor don Nicolás Bonifás para la
continuación de las diligencias de la
cobranza a los deudores, pagándose al señor alcalde don Francisco
Reboul 3500 reales, que suplió. El Ayuntamiento acuerda que la
secretaría, con arreglo a los antecedentes, haga
una referencia del empedrado de la calle de
Cuarteles, su costo y planta de arbolado, y
comunique al Boletín oficial en justa
retribución al zelo con que ha procedido
el señor alcalde cuarto don Francisco Reboul,
único que se tomó a su cuidado este
beneficio público.
El caballero obrero
mayor manifiesta existen en poder del
arquitecto Mitjana noventa reales por derechos de
huecos de varcas, obras públicas. Y el Ayuntamiento
acordó que dicho arquitecto haga
entrega de esta cantidad en la Junta
Municipal de Beneficencia y se precente la
correspondiente carta de pago.
El depocitario precenta
varias cuentas de gastos menores en
los ramos de propios, policía,
enterramiento y milicia nacional, ascendiente a
14742 reales. Y, hallándose visadas por
el señor alcaide y regidores encargados,
el Ayuntamiento acordó se le estienda el
oportuno libramiento de abono.
Y se concluyó este cavildo, que firman su precidente y
señores concurrentes, de que certifico. Checa. [rúbrica] Segovia. [rúbrica] Serrano. [rúbrica] Trigueros. [rúbrica] Spiteri. [rúbrica] Novillo. [rúbrica] Díaz. [rúbrica] Castell. [rúbrica] Valle. [rúbrica] Reboul. [rúbrica] Gómez. [rúbrica] Joaquín Arias. [rúbrica]
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