CODEMA19-09-0969
CODEMA19-09-0969
Título | CODEMA19-09-0969 |
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Tipo textual | |
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Resumen | Actas de la reunión que el cabildo municipal de Málaga celebró el 31 de diciembre de 1838. |
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Archivo | Archivo Municipal de Málaga
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Referencia | Vol. 240, ff. 344r-347r. |
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Typology | Actas y declaraciones |
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Fecha | 1838/12/31 |
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Lugar | Málaga |
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Provincia | Málaga |
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País | España |
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Transcriptor | Livia Cristina García Aguiar |
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El
Ayuntamiento Constitucional de esta Ciudad se junto
à Cavildo en su Sala Capitular hoy tre
inta y uno de Diciembre de mil ochocien
tos treinta y ocho que lo precidió.
El Señor Don Antonio Checa de
la Vega alcalde primero Constitucional
Al que asistieron los Señores
Don Joaquin Garcia Segovia
Don Francisco Reboul
Don Jose Trigueros Navas
Don Simon Castell
Don Antonio Spiteri
Don Vicente Serrano
Don Jose Novillo
Don Juan Diaz Anaya
Don Ramon del Valle
Don Nicolas Bonifas
Don Pedro Gomez Sancho.
Leida el acta anterior se hallò conforme.
El Señor Regidor Don Juan Diaz Anaya mani
fiesta el desempeño de su cometido que ha
reconocido la parte inculta de las dehesas
del prado y fresneda encontrando en ella
aprovechando sus pastos algunos ganados
que hizo salir nombrando para la guarda à
Juan Moreno à quien opina se le den cin
co reales diarios haciendo cesar à dos que te
nia puesto Antonio Hurtado: que tambien
ha advertido que este y otros varios han ro
turado y sembrado porcion de fanegas sien
do de parecer se saquen á subhasta dichos pas
tos inmediatamente Y el ayuntamiento aprovò el nombra
miento del guarda con el Salario que propone
y acordò se saque à la subhasta los pastos
por el termino de quince dias contados desde
la publicacion sin perjuicio de darse cuenta
à la Excelentisima Diputacion Provincial que la Contaduria for
me el pliego de condiciones bien claro y
terminante dando Comicion al mismo Señor
para que con peritos haga el aprecio de los
valores de las llervas y pastos dando una
idea del daño causado para resolver sobre ello
y por lo que hace à la siembra que han prac
ticado algunos indebidamente tambien value
lo que debe redituar por via de indegni
sacion y con el objeto de no perjudicar la
riqueza publica si se usase de dicha siembra
para pastos y por ultimo que imbestigue
tambien el abanse que hallan podido ha
cer los sorteros sembrando mas tierras
que las cuatro fanegas que le estan
señaladas y que la Contaduria facilite à
dicho Señor Comicionado cuantas noticias pue
da nesecitar al buen desempeño de su
cometido.
Previo permiso entró el
Contador Don Carlos Diaz è hizo precente
que la Excelentisima Diputacion Provincial aun no ha
bia aprovado los espedientes de subhas
ta de los arvitrios Municipales. Y el
ayuntamiento acordó dar Comicion à los Señores re
gidores Don Juan Diaz Anaya y Don Nico
las Bonifas para intervenir y arreglar
la intervencion de aquellos en el inte
rin Su Excelencia aprueba los remates celebrados,
observando las reglas siguientes: Para
el arvitrio de 8 maravedis en Libra de Carne y
el de Alhondiga se nombrará un re
caudador: respecto de los derechos que se
recaudan en Puertas que se oficie al señor
Yntendente para que el ingreso lo tenga
à dispocicion del Ayuntamiento como
participe hasta tanto que se avise à Su Señoria
haber quedado en un arrendador y
que mientras se verifica se reconoce
ràn en los fielatos como interventores à
los espresados señores: la del cuartillo en arroba de
bacalao que mediante à tener pagado la
mitad de la renta puede encargarsele à su
arrendador la recaudacion por su cuenta
mediante à que la Excelentisima Diputacion Provincial no
puede oponer reparo por cubrir va
lores en demacia y tener asegurada la
responsabilidad: lo mismo se observarà
respecto de los almacenes de alhondiga
por estar en el mismo caso: respecto del
de Ciudad y playa se oficiara al Señor Yn
tendente para que la parte que de el se
cobra por las oficinas de Hacienda la
tenga à dispocicion del ayuntamiento y
por lo que hace á las romanas los señores
Comicionados procederan à su arriendo sa
cando las mayores ventajas pocibles y para
su exacto conocimiento se les pasarà una
hoja del recudimiento: y respecto de la al
caydia de Puerta Nueva que consiste en
ocho maravedis por carga de Salida en el fiela
to se oficiarà al Señor Yntendente para que ten
ga este arvitrio à dispocicion de esta Corporacion
El Señor Alcalde Segundo Don
Joaquin Garcia Segovia precenta los pa
drones rurales. Y el ayuntamiento acordó se con
serven para el uso que combenga.
El mismo Señor precenta el
resultado de las multas que ha exigido y su
aplicacion. Y el ayuntamiento de conformidad
quedó enterado.
El mismo Señor manifiesta
haber hecho entrega al Señor Regidor Valle
del libro indice que existia en su poder
procedente del archivo cuyo Señor Regidor
se daba por recivido. Y el ayuntamien
to quedó enterado.
El ayuntamiento acuerda dar Co
micion al Señor Regidor Don Nicolas Bonifas
para que tomando antecedentes de Contaduria
practique con peritos el deslinde y de
mas que sea nesesario hacer en la de
hesa de las mesquitas donde parece se
han detentado tierras dando cuenta del
resultado.
La Excelentisima Diputacion Provincial re
suelve que à Don Antonio Vivar se le cobre
por el empedrado de la Calle de Cuarte
les una bara de salida por las de fa
chada y que auxilie a esta obra los
fondos de Policia por la cantidad de
dos mil reales practicandose las dili
gencias competentes para recaudar lo que
corresponde à deudores. Y el Ayuntamiento acor
dó su cumplimiento dando Comicion al
Señor Regidor Don Nicolas Bonifas para la
continuacion de las diligencias de la co
branza à los deudores pagandose al Señor Alcalde Don Francisco
Reboul 3500 reales que supliò. El Ayuntamiento acuerda que la
Secretaria con arreglo à los antecedentes haga
una referencia del empedrado de la Calle de
Cuarteles, su costo y planta de arbolado y
comunique al boletín oficial en justa
retribucion al zelo con que ha procedido
el Señor Alcalde cuarto Don Francisco Reboul
unico que se tomó à su cuidado este
beneficio publico.
El Caballero Obrero ma
yor manifiesta existen en poder del ar
quitecto Mitjana noventa reales por derechos de
huecos de varcas obras ppublicas Y el ayuntamiento
acordó que dicho arquitecto haga en
trega de esta cantidad en la Junta Mu
nicipal de Beneficencia y se precente la
correspondiente carta de pago.
El Depocitario precenta
varias cuentas de gastos menores en
los ramos de Propios, Policia Ente
rramiento y Milicia Nacional ascendiente á
14742 reales. Y hallandose visadas por
el Señor alcayde y Regidores encargados
el ayuntamiento acordó se le estienda el opor
tuno libramiento de abono.
Y se concluyó este Cavildo que firman su Precidente y
Señores concurrentes de que certifico Checa [rúbrica] Segovia [rúbrica] Serrano [rúbrica] Trigueros [rúbrica] Spiteri [rúbrica] Novillo [rúbrica] Diaz [rúbrica] Castell [rúbrica] Valle [rúbrica] Reboul [rúbrica] Gomez [rúbrica] Joaquin Arias [rúbrica]
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