CODEMA19-09-0172
CODEMA19-09-0172
Título | CODEMA19-09-0172 |
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Tipo textual | |
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Resumen | Carta de Josefa de Mena, viuda y heredera de asiento de limpieza, en que solicita que se respeten los términos de su contrato. |
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Archivo | Archivo Municipal de Málaga
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Referencia | AMM, vol. 198, f. 545 |
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Typology | Cartas privadas |
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Fecha | 1808/12/04 |
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Lugar | Málaga |
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Provincia | Málaga |
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País | España |
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Transcriptor | Livia Cristina García Aguiar
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Yllustrisima Ciudad.
Josefa de Mena viuda vecina de esta Ciudad.
con el devido respeto a Vuestra Señoria Ylustre hace presen
te: que habiendo estado a cargo de Juan Leal
y de su hijo Juan Antonio, marido de la que
expone el asunto de la limpieza de esta Ciu
dad y sus quarteles, cuya obligacion fenecio,
en fin de Diciembre del año de 1803, y sin em
bargo continuaron con ella con la propia condi
cion de que por cada vacija sellada y marcada
para que no hubiese fraude ni engaño habían
de percibir tres reales siendo su cabida precisa
mente de tres arrobas y con esta qualidad continua
ron, aunque sin obligacion, hasta su fallecimiento,
por lo que en Cabildo que Vuestra Señoria Ylustre celebró en 22 de Octubre
de 1804 solicitó la que expone que mediante a
haber quedado viuda con un hijo de su Padre
político en la edad de ocho años y con las herra
mientras y demas enseres para la limpiesa, que
había continuado disponiendo todas las que
habian ocurrido bajo la direcsion de José
Almosquibar se sirvió Vuestra Señoria Ylustre acordar teniendo
presente los tos motivos que exponía la
que habla, concederla la continuación de dicho en
cargo en el que continuó hasta que por Juan
Saez fue inquietada a pretexto del beneficio
que este suponía iba a hacer a el comun de es
te pueblo, con cuyo motibo consiguio se sa
case este asiento a el pregon, mas habiendo
se berificado el dia de su remate, el Juan
Saez con el depravado fin de perjudicar à
la exponente y su familia, se obligó a ha
cer la limpiesa de valde, y aunque en
este concepto continuó algunos dias no fué
así en la realidad pues cobrada a su arbitrio
segun podía sin bajar de los tres reales y por ha
berse descubierto esto, ocurrio el Saez a el señor
Governador expresandole no podia continu
ar ni llevar adelante su proposision, lo mis
mo que igualmente manifesto a Vuestra Señoria Ylustre en su
Cabildo quando se le mandó entrar a el
Saez para oirlo, y en seguida lo verificó la
exponente llena de una suma cortedad y bo
chorno; motibo por que se quedo sin acción para
manifestar que menos de los tres reales por cada va
cija no se podian costear todos los utensili
os y pago de jornales, segun que lo había esta
do en las anteriores obligaciones en tiem
pos mas favorables y aunque despues refle
xionó la que habla el notorio perjuicio que
iba a experimentar por no percibir mas que
dos reales, viendose por una parte acosada por el
Juan Saez, y por otra dejarlo a la experiencia
a ver si podia salir adelante con dicho precio
determinó por entonces no molestar la atencion
de Vuestra Señoria Ylustre; Pero habiendo mediado mas de un año
y obserbando la que expone que no tan solo no
le produce este encargio para su preciso alimen
to, sino que por el contrario le ha causado varios
empeños: a lo que se agrega que los jornaleros
que se exercitan en esta operacion. han que
dado muy pocos, no queriendola practicar
por el estipendio que anteriormente se les da
ba
Suplica rendidamente a Vuestra Señoria Ylustre que aten
didos los justos motivos que propone, se dig
ne acordar que esta obligacion sea y se en
tienda en los terminos que siempre lo estu
bo anteriormente a rason de los tres reales por
cada vacija: Gracia que espera merecer de
la justificacion de Vuestra Señoria Ylustre por quien ruega al
todo poderoso les conserve en su mayor exal
tacion.
Malaga 4 de Diciembre de 1809.
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