CODEMA19-09-0172

CODEMA19-09-0172

TítuloCODEMA19-09-0172
Tipo textual
ResumenCarta de Josefa de Mena, viuda y heredera de asiento de limpieza, en que solicita que se respeten los términos de su contrato.
ArchivoArchivo Municipal de Málaga
ReferenciaAMM, vol. 198, f. 545
TypologyCartas privadas
Fecha1808/12/04
LugarMálaga
ProvinciaMálaga
PaísEspaña
TranscriptorLivia Cristina García Aguiar

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Yllustrisima Ciudad. Josefa de Mena viuda vecina de esta Ciudad. con el devido respeto a Vuestra Señoria Ylustre hace presente: que habiendo estado a cargo de Juan Leal y de su hijo Juan Antonio, marido de la que expone el asunto de la limpieza de esta Ciudad y sus quarteles, cuya obligacion fenecio, en fin de Diciembre del año de 1803, y sin embargo continuaron con ella con la propia condicion de que por cada vacija sellada y marcada para que no hubiese fraude ni engaño habían de percibir tres reales siendo su cabida precisamente de tres arrobas y con esta qualidad continuaron, aunque sin obligacion, hasta su fallecimiento, por lo que en Cabildo que Vuestra Señoria Ylustre celebró en 22 de Octubre de 1804 solicitó la que expone que mediante a haber quedado viuda con un hijo de su Padre político en la edad de ocho años y con las herramientras y demas enseres para la limpiesa, que había continuado disponiendo todas las que habian ocurrido bajo la direcsion de José Almosquibar se sirvió Vuestra Señoria Ylustre acordar teniendo presente los tos motivos que exponía la que habla, concederla la continuación de dicho encargo en el que continuó hasta que por Juan Saez fue inquietada a pretexto del beneficio que este suponía iba a hacer a el comun de este pueblo, con cuyo motibo consiguio se sacase este asiento a el pregon, mas habiendose berificado el dia de su remate, el Juan Saez con el depravado fin de perjudicar à la exponente y su familia, se obligó a hacer la limpiesa de valde, y aunque en este concepto continuó algunos dias no fué así en la realidad pues cobrada a su arbitrio segun podía sin bajar de los tres reales y por haberse descubierto esto, ocurrio el Saez a el señor Governador expresandole no podia continuar ni llevar adelante su proposision, lo mismo que igualmente manifesto a Vuestra Señoria Ylustre en su Cabildo quando se le mandó entrar a el Saez para oirlo, y en seguida lo verificó la exponente llena de una suma cortedad y bochorno; motibo por que se quedo sin acción para manifestar que menos de los tres reales por cada vacija no se podian costear todos los utensilios y pago de jornales, segun que lo había esta do en las anteriores obligaciones en tiempos mas favorables y aunque despues reflexionó la que habla el notorio perjuicio que iba a experimentar por no percibir mas que dos reales, viendose por una parte acosada por el Juan Saez, y por otra dejarlo a la experiencia a ver si podia salir adelante con dicho precio determinó por entonces no molestar la atencion de Vuestra Señoria Ylustre; Pero habiendo mediado mas de un año y obserbando la que expone que no tan solo no le produce este encargio para su preciso alimento, sino que por el contrario le ha causado varios empeños: a lo que se agrega que los jornaleros que se exercitan en esta operacion. han quedado muy pocos, no queriendola practicar por el estipendio que anteriormente se les daba Suplica rendidamente a Vuestra Señoria Ylustre que atendidos los justos motivos que propone, se digne acordar que esta obligacion sea y se entienda en los terminos que siempre lo estubo anteriormente a rason de los tres reales por cada vacija: Gracia que espera merecer de la justificacion de Vuestra Señoria Ylustre por quien ruega al todo poderoso les conserve en su mayor exaltacion. Malaga 4 de Diciembre de 1809.

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