CODEMA19-09-0953

CODEMA19-09-0953

SummaryActas de la reunión que el cabildo municipal de Málaga celebró el 14 de febrero de 1833.
RepositoryArchivo Municipal de Málaga
IdentifierVol. 235, ff. 42r-44v.
TypologyActas y declaraciones
Date1833/02/14
PlaceMálaga
ProvinceMálaga
CountryEspaña

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La Ciudad de Málaga Consejo Justicia y Regimiento de ella se Juntó à Cavildo en su Sala Capitular como lo ha de uso y costumbre hoy catorce de Febrero de mil ochocientos treinta y tres, que lo Presidió El Sor Don Antonio Maria Albarez Mariscal de Campo y Gobernador Militar y Politico de esta Plaza Al que asistieron los Sseñores Don Juan Perez de Marure como Acesor Nato del Sor Gobernador Don Domingo Ruiz Conde Don Andrès de Ortega Don Domingo Cabarrus Regidores perpetuos Don Guillermo Fagilliot Don Vicente Serrano Don Miguel Moreno Abiles Diputado del Comun Don Francisco Cubero Sindico del mismo Se leyó el acta anterior y se halló conforme. Se vió una real orden comunicada por el Sor General Gobernador de esta Plaza fecha treinta y uno de Enero anterior por la que se manda que los Corregidores y Alcaldes Mayores, cumplan los despachos de las Yntendencias, Subdelegaciones ó Comiciones especiales de la Real Hacienda con que fuesen requeridos; con lo demas que se dispone; Y la Ciudad acuerda quedar enterada. Se vió un oficio del Real Montepio de Cosecheros fecha trece del corriente, haciendo presente el perjuicio que esperimentavan los Cosecheros por el indevido proceder del arrendador del Diezmo, y que para evitar los males, habia acordado se representase à Su Magestad para que se dignase resolver lo conveniente à su remedio; y que teniendo promovido Espediente el Caballero Sindico sobre la Materia, determinó asi mismo que se le ilustrase con los antesedentes que resultasen, è informe de lo que tubiese á bien esponer, para que acompañase à la representacion toda la documentacion necesaria; E inteligenciada la Ciudad acuerda pase dicho oficio al Caballero Sindico del Comun Procurador General para que con presencia del Espediente que se indica y tomando ademas todos los datos y conocimientos que estime convenientes, informe à la posible brevedad lo que se le ofresca y paresca para en su vista acordar lo conveniente. Se vió un oficio del Señor Yntendente de esta Provincia fecha doce del corriente; en contestación al que se le dirijió con la del once, sobre haber dispuesto de la asignacion mensual de Propios por cuenta de lo que se adeudava à la Real Hacienda del Repartimiento de Paja y Utencilios del tercer trimestre del año anterior, espresando las razones y fundamentos que le habian asistido para semejante novedad: Al propio tiempo se vio otro oficio del mismo dia, dirijido al Sor General Gobernador Presidente dando á conoser á Su Señoria que solo los Yndividuos de Ayuntamiento estan Sugetos á la Yntendencia en el ramo de Contribuciones; y los Señores Gobernadores tienen la autoridad y medios para compeler á los deudores morosos al pago de sus descubiertos, espresando las consideraciones con que se ha condusido sin embargo de los apuros de la tesoreria General y de las amplias facultades con que se halla para proceder indistintamente contra los Ayuntamientos; Y la Ciudad acuerda se conteste al Sor Yntendente manifestandole que contando unicamente la Junta de Propios, con la cuota mensual que Satisfase la Empresa de Puertas para cubrir en parte sus graves atenciones, se habia tocado el perjuicio de haber quedado desatendidas, y que espera que en lo Subsesivo no se repita para evitar semejantes males: Que todos los Sabados se haga arqueo, y que en los Cavildos de los Lunes de cada Semana se cuenta del resultado, para ponerlo en tesoreria, esperando que la Comicion del ramo redoblara su vigilancia para que se active la cobranza, con objeto de que pueda cubrirse el devito de Contribuciones. Se vió un oficio de la Comicion de Contribuciones fecha catorce del corriente en que reclama ocho mil quinientos cuarenta y siete rreales y dos maravedis que adeuda el Caudal de Propios de las Contribuciones de Paja y Utencilios; Y la Ciudad acuerda se pase oficio con su insercion à la Real Junta de Propios á fin de que se Sirva disponer que de la cuota mensual asignada al Caudal del ramo se Satisfaga con toda preferencia la Cantidad que reclama la Comicion de Contribuciones. Lo citado En este Cavildo para el que ha sido citado de orden del Señor General Gobernador Presidente, con cedula antediem y esprecion del fin à que se dirijia à todos los Señores Regidores Diputados y Sindico del Comun, de que dieron fee los Porteros haberla hecho en el modo acostumbrado, Se volvieron à ver los Memoriales de Don Joaquin Denis, en que manifiesta las fincas que propone, y Sirvan de fianzas à las resultas de la tesoreria de Propios con los aprecios dados por los Alamines y Alarifes ppublicos, y que para el completo de los Quinientos mil rreales estaba pronto á depocitar en arcas el resto el papel con interez ó Bales Reales consolidados; Y la Ciudad enterada acuerda pase todo á la Comicion nombrada para la inspeccion é informe de dicha fianza, nombrando en lugar del difunto Regidor Suplente Don Francisco Garcia Godoy à el de igual clase Don Rafael de la torre, para que con presencia de dichas instancias y antesedentes que obran en el particular informen lo que se les ofresca y paresca y se cuenta en Cavildo citado. Se vió un oficio de la Real Junta de Propios fecha ocho del corriente, en que manifiesta haber pasado à una Comicion de su Seno para su inspeccion, reconosimiento è informe, las cuentas de Propios del defunto tesorero Don José de la Barcena; Y la Ciudad acuerda quedar enterada. Se vió un Estado de la entrada, Salida y ecsistencia de Caudales del ramo de Policia Vrbana; correspondiente al mes de Enero anterior; Y la Ciudad acuerda quedar enterada. Se vió un Memorial de Don Manuel Baso en que en representacion de Don Miguel su Padre manifiesta que por el Sor Subdelegado de Propios de esta Provincia, se habia comunicado orden para que por persona inteligente, se mediese el terreno en que estan labrados unos Almacenes que posee el dicho su padre en la Calle de Almacenes Barrio del Perchel que fue enagenado por este ayuntamiento en el año de mil Setecientos Setenta y cinco à Don Nicolas Corrady; Y la Ciudad acuerda pase dicho Escrito y copia de la orden que le acompaña al Sor Don Vicente Ayala Su Capitular obrero mayor para que disponga que por los Alarifes publicos de Albañileria se mida el terreno de los Almacenes que se espresan, y verificado todo se entregue al interesado para los fines que manifiesta. Se volvio à ver el oficio del Sor Gobernador de esta Plaza, en que pide una noticia de las funciones de Yglecia, à que por Estatuto debe concurrir este Ayuntamiento con esprecion de las clasicas ò mas festi vas; con lo informado en su razon por el Sor Don Francisco Maria del bastardo Cisneros, su Capitular Regidor Decano, á que acompaña dicha lista con precion de las funciones mas clasicas; Y la Ciudad acuerda se pase copia de ella al Sor General Gobernador para los fines que espresa. Con lo cual se concluyó este Cavildo que firman su Presidente y competente numero de Señores Regidores concurrentes de que Certifico Alvarez [rúbrica] Ruiz Conde [rúbrica] Cabarrus [rúbrica]

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