CODEMA19-09-0953
CODEMA19-09-0953
Title | CODEMA19-09-0953 |
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Text type | |
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Summary | Actas de la reunión que el cabildo municipal de Málaga celebró el 14 de febrero de 1833. |
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Repository | Archivo Municipal de Málaga
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Identifier | Vol. 235, ff. 42r-44v. |
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Typology | Actas y declaraciones |
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Date | 1833/02/14 |
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Place | Málaga |
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Province | Málaga |
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Country | España |
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Transcriptor | Livia Cristina García Aguiar |
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La ciudad de Málaga, Consejo, Justicia y Regimiento de ella, se juntó
a cavildo en su sala capitular, como lo ha de uso y costumbre, hoy,
catorce de febrero de mil ochocientos treinta y tres, que lo presidió
el señor don Antonio María Álbarez,
mariscal de campo y gobernador
militar y político de esta plaza,
al que asistieron los señores
don Juan Pérez de Marure, como acesor nato del señor gobernador,
don Domingo Ruiz Conde,
don Andrés de Ortega,
don Domingo Cabarrús, Regidores perpetuos.
don Guillermo Fagilliot,
don Vicente Serrano,
don Miguel Moreno Abilés, Diputado del común.
don Francisco Cubero. Síndico del mismo.
Se leyó el acta anterior y se halló conforme.
Se vio una real orden comunicada por el señor general gobernador de esta
plaza, fecha treinta y uno de enero anterior, por la que se manda
que los corregidores y alcaldes mayores cumplan los despachos de las
intendencias, subdelegaciones o comiciones especiales de la Real Hacienda
con que fuesen requeridos, con lo demás que se dispone. Y la ciudad
acuerda quedar enterada.
Se vio un oficio del real montepío de cosecheros, fecha trece del
corriente, haciendo presente el perjuicio que esperimentavan los
cosecheros por el indevido proceder del arrendador del diezmo, y que para
evitar los males, había acordado se representase a su magestad para que se
dignase resolver lo conveniente a su remedio; y que, teniendo promovido
espediente el caballero síndico sobre la materia, determinó asimismo que
se le ilustrase con los antesedentes que resultasen e informe de lo que
tubiese a bien esponer, para que acompañase a la representación toda
la documentación necesaria. E inteligenciada la ciudad, acuerda
pase dicho oficio al caballero síndico del común, procurador general, para que
con presencia del espediente que se indica, y tomando además todos los
datos y conocimientos que estime convenientes, informe a la posible
brevedad lo que se le ofresca y paresca, para en su vista acordar lo
conveniente.
Se vio un oficio del señor intendente de esta provincia, fecha doce
del corriente, en contestación al que se le dirijió con la del once, sobre haber
dispuesto de la asignación mensual de propios por cuenta de lo que se
adeudava a la Real Hacienda del repartimiento de paja y utencilios del
tercer trimestre del año anterior, espresando las razones y fundamentos
que le habían asistido para semejante novedad. Al propio tiempo se
vio otro oficio del mismo día, dirijido al señor general gobernador, presidente,
dando a conoser a su señoría que solo los individuos de Ayuntamiento están sugetos
a la intendencia en el ramo de contribuciones, y los señores gobernadores tienen
la autoridad y medios para compeler a los deudores morosos al pago de
sus descubiertos, espresando las consideraciones con que se ha condusido, sin
embargo de los apuros de la Tesorería general y de las amplias facultades con que
se halla para proceder indistintamente contra los ayuntamientos. Y la ciudad
acuerda se conteste al señor intendente manifestándole que, contando únicamente
la Junta de propios con la cuota mensual que satisfase la empresa de
puertas para cubrir en parte sus graves atenciones, se había tocado el
perjuicio de haber quedado desatendidas, y que espera que en lo subsesivo no se
repita para evitar semejantes males; que todos los sábados se haga
arqueo, y que en los cavildos de los lunes de cada semana se dé cuenta
del resultado para ponerlo en Tesorería, esperando que la comición del
ramo redoblara su vigilancia para que se active la cobranza, con
objeto de que pueda cubrirse el dévito de contribuciones.
Se vio un oficio de la comición de contribuciones, fecha catorce del
corriente, en que reclama ocho mil quinientos cuarenta y siete reales y dos
maravedís que adeuda el caudal de propios de las contribuciones de paja
y utencilios. Y la ciudad acuerda se pase oficio con su inserción a
la Real Junta de propios, a fin de que se sirva disponer que de la cuota
mensual asignada al caudal del ramo se satisfaga con toda
preferencia la cantidad que reclama la comición de contribuciones.
Lo citado. En este cavildo, para el que ha sido citado de orden del señor general
gobernador presidente, con cédula ante diem y espreción del fin a que se dirijía
a todos los señores regidores, diputados y síndico del común, de que
dieron fee los porteros haberla hecho en el modo acostumbrado, se
volvieron a ver los memoriales de don Joaquín Denis, en que manifiesta
las fincas que propone, y sirvan de fianzas a las resultas de la Tesorería
de propios, con los aprecios dados por los alamines y alarifes públicos; y que
para el completo de los quinientos mil reales estaba pronto a depocitar
en arcas el resto el papel con interez o bales reales consolidados. Y la
ciudad enterada acuerda pase todo a la comición nombrada para
la inspección e informe de dicha fianza, nombrando en lugar del
difunto regidor suplente don Francisco García Godoy a el de igual clase don
Rafael de la Torre, para que con presencia de dichas instancias y antesedentes
que obran en el particular informen lo que se les ofresca y paresca y
se dé cuenta en cavildo citado.
Se vio un oficio de la Real Junta de propios, fecha ocho
del corriente, en que manifiesta haber pasado a una comición de
su seno, para su inspección, reconosimiento e informe, las cuentas de
propios del defunto tesorero don José de la Bárcena. Y la ciudad
acuerda quedar enterada.
Se vio un estado de la entrada, salida y ecsistencia de caudales
del ramo de policía urbana correspondiente al mes de enero anterior. Y
la ciudad acuerda quedar enterada.
Se vio un memorial de don Manuel Baso en que, en representación
de don Miguel, su padre, manifiesta que por el señor subdelegado de propios de
esta provincia se había comunicado orden para que, por persona inteligente,
se mediese el terreno en que están labrados unos almacenes que posee el dicho
su padre en la calle de Almacenes, barrio del Perchel, que fue enagenado
por este Ayuntamiento en el año de mil setecientos setenta y cinco a don
Nicolás Corradi. Y la ciudad acuerda pase dicho escrito y copia de la orden que
le acompaña al señor don Vicente Ayala, su capitular obrero mayor, para
que disponga que por los alarifes públicos de albañilería se mida el
terreno de los almacenes que se espresan, y, verificado todo, se entregue al
interesado para los fines que manifiesta.
Se volvió a ver el oficio del señor gobernador de esta plaza, en que pide
una noticia de las funciones de iglecia a que por estatuto debe
concurrir este Ayuntamiento, con espreción de las clásicas o más
festivas, con lo informado en su razón por el señor don Francisco María del
Bastardo Cisneros, su capitular regidor decano, a que acompaña
dicha lista con preción de las funciones más clásicas. Y la ciudad
acuerda se pase copia de ella al señor general gobernador para los fines que
espresa.
Con lo cual se concluyó este cavildo, que firman su presidente y competente
número de señores regidores concurrentes, de que certifico. Álvarez. [rúbrica] Ruiz Conde. [rúbrica] Cabarrús. [rúbrica]
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