CODEMA19-09-0279
CODEMA19-09-0279
Summary | Venta de Carmen Jiménez. |
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Repository | Archivo Histórico Provincial de Málaga
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Identifier | AHPM P4402, ff. 334r-335v |
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Typology | Cartas de compraventa y contratos |
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Date | 1872/12/11 |
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Place | Estepona |
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Province | Málaga |
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Country | España |
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En la Villa de Estepona á once de Octu
bre de mil ochocientos setenta y dos:
ante mi don Manuel Fernandez de
Casas y Garcia de esta vecindad, Notario
del Colegio Territorial de Granada y Tes
tigos que nombraré, parecieron Carmen
Jimenez Vazquez de edad de treinta años,
de Estado Soltera; y Doña Teodora San
chez Benavente de treinta y ocho años,
de Estado Viuda, ambas dedicadas a las ta
reas de su secso, y de esta vecindad, como a
creditan con sus respectivas Cédulas de Em
padronamiento, Talones numeros dos
y primero, á quienes doy fé conozco, a
sí como de las demas espresadas circuns
tancias, y asegurando hallarse en la libre
administracion de sus bienes y con la capa
cidad legal necesaria para formalizar
el contrato de Promesa de venta objeto de
este Instrumento, y Dijeron: Que tienen
convenido en vender la primera á la se
gunda, la tercera parte de una casa que
prohindivisa posee con su hermana Bar
bara Jimenez Vazquez, situada en la Calle
de Murillo de esta Poblacion número
dos, Manzana ochenta y ocho, compuesta
de piso bajo y alto, midiendo una superfi
cie de unos cuarenta metros cuadrados,
por izquierda hace esquina á la calle
de Manzanares y linda por derecha y Es
palda con la de los Herederos de Don
Ramon Murillo; y cuya tercera parte
de la Designada finca adquirió por he
rencia de su Padre Gabriel Jimenez Gal
vez, de la que aun no tiene Titulo; y pa
ra adquirirlo va á practicar las oportu
nas diligencias con el fin de poder otorgar
en su dia á favor de la Compradora la con
ducente Escritura; y para llevar á efecto
el espresado convenio, por la presente, o
torgan: Que se obligan y comprometen la
Carmen Jimenez Vazquez á vender
á la Doña Teodora Sanchez Benavente
la tercera parte de la mencionada Casa,
y esta á abonar su importe en la parte
que le falte, confesando la Carmen Ji
menez Vazquez haber recibido a cuenta
del precio antes de este acto de manos
de la Doña Teodora Sanchez Benavente,
la cantidad de cuatrocientas veinte y
cinco pesetas en dinero efectivo me
talico, de la que le formaliza la oportuna
carta de pago, con renuncia de la Ley
nueva, Titulo primero, Partida quinta
y los dos años que señala para la prue
ba del recibo que dá por pasados; y cuya
Titulacion de Propiedad ha de obtenerse
dentro del termino de dos años ó an
tes si es posible se orillen las dificul
tades para poder celebrar entre las con
tratantes la oportuna Escritura de Ven
ta, y que en el interin dejan establecido este
contrato, que cada cual se obliga á cum
plir en todas sus partes: En cuyo tes
timonio asi lo dijeron, otorgaron y
no firman por asegurar no saber, á
sus ruegos lo hará al efectuarlo los
Testigos uno de los presentes Don
Andrés Guerrero Navarro y Pedro Lo
pez Fernandez vecinos y residentes
en esta Villa que aseguran no tener
escepcion alguna para serlo: Y entera
das las otorgantes y Testigos por mi
el Notario de su derecho para leer este
Ynstrumento ú oírmelo leer optaron
por esto ultimo, y habiendolo yo leido
en alta voz, lo aprobaron; de todo lo
cual doy fé
Por mi como Testigo y a nombre de las otor
gantes que no saben firmar Andres Guerrero
Navarro [rúbrica]
Por mí como testigo
Pedro Lopez [rúbrica] Manuel Fernandez
de Casas [rúbrica]
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