CODEMA19-09-0932
CODEMA19-09-0932
Title | CODEMA19-09-0932 |
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Text type | |
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Summary | Actas del cabildo municipal de Málaga, sesión de 4 de marzo de 1811. |
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Repository | Archivo Municipal de Málaga
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Identifier | Vol. 201, ff. 135r-136v. |
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Typology | Actas y declaraciones |
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Date | 1811/03/04 |
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Place | Málaga |
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Province | Málaga |
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Country | España |
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Transcriptor | Estrella García Muñoz |
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La Municipalidad de Màlaga, Consejo, Justicia
y Reximiento de ella se juntò à Cabildo en su sala Capi
tular como lo hà de vso y Costumbre hoy dia qua
tro de Marzo de mil ochocientos onze que lo presidio
{El señor Don Fernando
Ordoñes Correxidor de ella}
Al que Concurrieron los Cavalleros Rexidores los señores
Don Manuel Rengel
Don Nicolas Muñoz
Don Pedro Ynes
Don Juan Cormin
Don Dionicio Cavallero
El Conde dela Quintoria
Don Josè Lachambre
Don Miguel Croocke [margen inferior: signo]
Don Henrrique Grebenne y Gallego
Don Timoteo Magnamara
Don Juan Barrera
orden sobre los señores
que deven componer
la nueva Muni
cipalidad En este Cabildo para el que ha sido citado de orden del
señor Correxidor Presidente con cedula ante diem y expre
cion del fin à que se dirigia à todos los señores Rexidores de que
dieron fee los Porteros haverla hecho en el modo acos
tumbrado, se viò su oficio del señor Prefecto de esta Provincia
dirigido al señor Correxidor Presidente en que manifiesta que
con fecha veinte y dos de Febrero vltimo le pasaba el
Excelentísimo señor Conde de Montarco Comisario regio general
delas Andalucias vna nota delos Yndibiduos de que de ve com
ponerse esta Municipalidad para el presente año de que
acompañaba Copia para que noticiandolo àlos Electos los
recurriese enlas salas Capitulares è instalase la Munici
palidad con todas las formalidades prevenidos para estos
Casos: En Seguida el señor correxidor Presidente manifestò que ha
viendo pasado oficio àlos señores Rexidores Electos para que Concu
rriesen la mañana de este dia à prestar el juramento prevenido
y tomar posecion de sus empleos, por los señores Don Francisco Bar
co, Don Juan Monsalve, y Don Pedro de Baños se le havia pasa
do oficio exponiendo respectivamente los motibos que le impe
dian para admitir el empleo de Rexidor, los quales ha
via pasado al señor Prefecto para la determinacion Combeniente
En Cuyo acto el señor Don Juan Barrera expusó que prohibi
endo las Leyes del Reyno que los extrangeros sean admitidos
al exercicio del empleo de Rexidor, hallandose en este Caso
lo hacia presente para que antes de prestar el juramento se determi
ne lo Combeniente; Yvltimamente por el señor Don Miguel Croc
cke se hisò presente que teniendo entre los nombrados Parientes
y Compañero de Comercio se determinase si este obstaculo le
impidia admitir su empleo, y haviendose conferenciado sobre
las dudas ocurridas salió el señor Correxidor Presidente y à poco [margen superior derecho: mano 2: 136] sello [margen superior: cruz
Ciento treinta y seis maravedis.
SELLO TERCERO, CIENTO
TREINTA Y SEIS MARAVE
DIS, AÑO DE MIL OCHO
CIENTOS Y NVEVE.]
[mano 2: Valga para papel del Sello Quarto de á quarenta maravedís en el año
de I8II por el Reynado del Señor Don José Napoleon Primero.]
rato se restituiò con vn oficio del señor Prefecto signo enque dispone
que sin perjuicio de Consultar al Excelentísimo señor Comicionado Regio
sobre las dudas delos señoress Don Francisco Basco, Don Juan Monsal
ve, y Don Pedro Martinez de Baños se instalase la nueba Mu
nicipalidad para quando tenga atraso el servicio, el qual y el que
anteriormente hà citado se Coloca aqui y su tenor ès el
siguiente
Aqui lo dicho
Y enterada la Municipalidad, consequente àlo dispuesto
por el señor Prefecto Acuerda se proceda al Juramento de
todos los señores Rexidores lo que se executò enla forma acos
tumbrada, y con arreglo àlos Reales decretos de dos de Mayo
de ochocientos nuebe; y diez y siete de Abril de mil ocho
cientos diez, con lo qual quedaron dichos señores enposecion
de su Empleo tomando en seguida el asiento corres
pondiente por el orden de antiguedad, determinando en
seguida la Municipalidad que por el señor Presidente se
pase oficio àlos tres señores Rexidores que no hanconcurrido
para que lo verifiquen mañana àlasonze para prestar el jura
mento y formar posecion
Diputacion de
sobrefieles….. La Municipalidad Acuerda que la Diputacion de
sobrefieles se desempeñe por todos los señores Rexidores
principiando por los mas antiguos de derecha y Ysquierda
Acuerdo sobre
criar Junta de
agrivios para los re
partimentos… La Municipalidad noticiosa de haverse hecho varias re
clamaciones por los Yndividuos delos Gremios y Corporaciones à
causa de no haverse hecho los repartos con proporcion
àla posibilidad de cada vno, Acuerda establecer vna Junta [margen inferior: signo] [margen superior: cruz]
de agravios para entender en este particular com
puesta delos señores Don Manuel Rengel El Conde de la Quin
teria Don Josè Lachambre, y Don Enrrique Grebegnne
los quales Combocaràn los gremios y Corporaciones
y determinaràn sobre los recursos que se hagan
Conlo qual se Concluiò este Cabildo que firmò el señor
Correxidor Presidente y Competente numero de Cavalleros
Rexidores Competentes à èl de que doy fee
El Correxidor [rúbrica] Rengel [rúbrica] Muñoz [rúbrica]
José Sanchez de Castilla [rúbrica]
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