CODEMA_19-50-285
CODEMA 19-50-285
Resumen | Carta de Juan Díez Oñate al conde de Luque sobre unas tierras e informe de Mariano García del Cid. |
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Archivo | Archivo Histórico Nacional. Sección Nobleza |
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Referencia | LUQUE, C.728, D.177-181, ff. 3r-v |
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Typology | Cartas privadas |
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Fecha | 1831/11/06 |
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Lugar | Marbella |
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Provincia | Málaga |
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País | España |
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[margen superior derecho: En 26 de noviembre se comunicó al administrador la
orden bajo cuyas condiciones podía acederse
a la data a censo de las tierras.]
Muy ilustrísimo señor conde de Luque.
Muy ilustre señor conde de Luque.
Enterado de la adjunta
solicitud, hago a vuestra señoría presente
que las tierras que
deslinda en el cortijo del chopo
propio de don Juan Díez de
Oñate se allan situadas en
medio del referido cortijo,
por cuya razón no se a
prestado colono
alguno a solicitarlas, pues la entrada en ellas a de
ser o por una herrisa que
las domina o por la
propiedad del referido Oñate.
Las tierras conosidas
por los lejos se allan
incultas bertidas de
monte bajo, las cuales nada
producen desde tiempo
inmemorial, lindan con
el chopo por lo que le
acomodan al suplicante.
Adcediendo a su
pretención se aumentan las
rentas que produscan
sin que jamás pueda
ser fallida por los
adelantos que hará en ellas
desmontándolas por
su propio interés, y si no
lo hase el resultado será
que han dado renta y
las tierras no pueden.
Don Juan Díez Oñate, vezino de la ciudad de
Marbella, a vuestra señoría con el devido respeto hago presente que
siendo dueño del cortijo llamado del Chopo alto,
jurisdicción de Benahavís de esta ciudad, por compra que
hize de él en el año de 1818, desde cuyo tiempo en que
se me dio poseción de todas las tierras contenidas en
él, no he tenido noticia de que vuestra señoría tubiese ningunas
dentro de las lindes que se me señalaron; ni menos
se me ha opuesto ni embargado persona alguna
hasta que en el año pasado, y por el apoderado de vuestra señoría,
don Mariano García del Cid, se me sitó a fin de
practicar un nuebo deslinde por noticias que tenía de que
vuestra señoría tenía derecho a porción de tierra comprehendida en
las anteriores, y para lo que tenía nombrado perito
por su parte; a lo que gustoso me conformé pasando
por el resultado de dicha operación con la misma
buena fe con que lo había estado preyendo. Y todo
así hecho por dicho señor apoderado, otorgué
reconociendo el resultado que por ella se expresa.
Pero como quiera que dicha porción de terreno se halla tener menos balor que
el que hoy tienen.
Dios guarde a vuestra señoría muchos años.
Málaga, 22 de noviembre de 1831.
Mariano García del Cid [rúbrica]
en sitio en donde vuestra señoría no puede haser uso de él, sin
notable perjuicio mío y ser por su
inferior calidad de difícil arriendo.
Para consiliar estas extremas, ocurro
a vuestra señoría a fin de que si lo tiene a bien se proceda en la
forma legal a su justo abalúo por el que pagaré
el canon correspondiente.
Así mismo, el cortijo llamado de la Nebralejo,
propiedad de vuestra señoría y que linda con otro extremo del mío,
cuyo terreno se halla herido e infructífero, sin que
se halla conocido arrendatario por su mala calidad,
solo puede combenirme a mí por su situación para
desahogo de mis ganados, por lo que no tengo
incombeniente y aún suplico a vuestra señoría que, con las mismas
formalidades antes dichas, se me de a cerro
correspondiente a su valor.
No dudo que vuestra señoría, previas las noticias que se a
servido formar, accederá a este pedido a el que solo me
muebe los mejores deseos, como el de evitar litigias, bien
agenas de mi carácter y carrera. Repitiendo a vuestra señoría que
unas y otras tierras ningún producto pueden
rendirle ni menos había sujeto que las arriende. Dios
guarde a vuestra señoría muchos años. Marbella , 6 de noviembre
de 1831.
Juan Díez Oñate [rúbrica]
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