CODEMA19-09-0937

CODEMA19-09-0937

ResumenActas del cabildo municipal de Málaga, sesión de 14 de febrero de 1813.
ArchivoArchivo Municipal de Málaga
ReferenciaVol. 204, ff. 445v-446v.
TypologyActas y declaraciones
Fecha1813/02/14
LugarMálaga
ProvinciaMálaga
PaísEspaña

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La ciudad de Málaga, Consejo, Juzticia y Regimiento de ella, se juntó a cavildo en su sala capitular, como lo han de uso y costumbre, hoy, catorce de febrero de mil ochocientos trece años, que lo presidió el señor don Gerónimo Rafael Carrasco, alcalde primero, a el que concurrieron los señores regidores don Josef Mendoza, don Rafael Ysasy, don Josef Fernández, don Fernando Chacón, don Carlos de Salas, don Rafael Santaella, [margen inferior: signo] [margen superior: 446.] don Juan Pagliery, don Juan Porta, don Pedro Arnán; don Josef Félix Gómez, síndico. Propocición de los señores diputados sobrefieles sobre haberse intervenido la carne de Carnecerías para el Hospital Militar. En este cavildo, los caballeros diputados sobrefieles hizieron presente que en la mañana de este día se había presentado en las carnicerías públicas don Francisco Baena, ayudante de esta plaza, con orden del señor governador para impedir la venta de las carnes destinadas para el abasto público y consignándolas para el Hospital Militar, determinamos que pudo atraer funestas consecuencias por ser en la ora de de más reunión de gentex y por pedir varios el surtimiento de carnes para los enfermos; que sin embargo de que el señor governador no tenía facultades para privar al pueblo de que se abasteciese con preferencia ni ser de su atribución mesclarse en asuntos políticos por evitar altercados que pudiera haber dado pábulo a concecuencias funestas, susistieron a dicha determinación con la reserva de hacerlo presente a este Ayuntamiento para la resolución combeniente, de que impuesta la ciudad acuerda se pase oficio al señor governador de esta plaza significándole la reparable falta que se había cometido en privar al pueblo del presiso abasto de carnes, y más cuando su señoría no se halla autorizado por [margen inferior: signo] sello [margen superior: cruz Cuarenta maravedís. SELLO CUARTO. CUARENTA MARAVEDÍS, AÑO DE MIL OCHOCIENTOS Y TRECE.] no entender en materias políticas y gubernativas del público, y que en caso de reiterarse ser responsable de las resultas que puedan ocurrir, pues ni este cuerpo está obligado a surtir carnes al Hospital Militar ni fondos para atender a este servicio, y que le es muy doloroso que por dichos acaecimientos esté sufriendo el público el excecibo precio que ha tomado, pues los abastecidores por no pagarles la carne tomada para el hospital se han retraído de hacer arrimos, y solo lo berifican de corta porción de reses a precios no conocidos. C. Con lo cual se concluyó este cavildo, que se firmó el señor alcalde primero presidente y competente número de señores regidores concurrentes. Doy fe. Carrasco. [rúbrica] Rando. [rúbrica] Porta. [rúbrica] José Sánchez de Castilla. [rúbrica]

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