CODEMA_19-12-621-3 CODEMA 19-12-621-3 Resumen José Torrens, natural de Nueva España y residente en Málaga, preso por ideas políticas y amnistiado, expone haber servido en la expedición del general Javier Mina a América, y solicita algunas declaraciones a su favor, que se le abone la asignación comprendida en la Ley de Amnistía de 27 de septiembre de 1820, que se le expida pasaporte para regresar a su pais, y finalmente que éste sea por la vía de Burdeos. Archivo Archivo General de Indias Referencia ULTRAMAR,847,N.32. 1821-03-19, ff. 3r-7r Typology Actas y declaraciones Fecha 1821/03/19 Lugar Aranjuez Provincia Madrid País España
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Señor .
Don José Torrens , natural de Mégico y residente en Málaga .
Registro general , número 158 .
Expone sus padecimientos
con motivo de haber
servido en la expedición de
Mina en América
y solicita algunas
declaraciones a su favor .
14 de marzo 1821 .
Como propone la
Nota . [ rúbrica ]
Fecho en 19 ídem . Con fecha de 5 de enero del presente
año espone : que se halla confinado en
aquella plaza procedente de la de
Melilla en virtud de Real Decreto de
8 de marzo último sobre opiniones
políticas . Que siendo sargento mayor
en la espedición del general Mina
en América y hallándose seguido
comandante de una pequeña fuerza
destacada en Soto la Marina , fue
comprendido en la capitulación
celebrada con el comandante general
de provincias internas , que entre
otras cosas aseguró en nombre de
vuestra magestad que se colocarían los
oficiales con sus mismos empleos en el
egército siempre que se verificase
la rendición , entregando intacto
el almacén de armamento ,
vestuario y demás que custodiaban , lo
que así efectuaron . Que habiéndole
enviado el virrey a la península
a disposición de vuestra magestad , ha sido
destinado a presidio por real orden
de 11 de junio de 1818 sin
atender a que , por el indulto de vuestra magestad
estensivo a los americanos presos
por opiniones , debía haber sido
puesto en libertad , no ignorando que
estaba comprendido en él , cuando
se espresa que el virrey dio cuenta
que se acogieron al indulto . Que
cuando algunas provincias de
América quisieron establecer sus
Juntas provinciales o gobiernos
independientes de los de la península ,
fue solo con el obgeto de
conservarse libres del yugo estrangero
y establecer leyes que cortasen la
tiranía , como lo hicieron después
las Cortes estableciendo la Constitución ,
pero que reconocían a vuestra magestad ,
negándose solo a obedecer a las Juntas
provinciales, que se abrogaban todas las
facultades . Que si proclamaron
después la independencia absoluta fue
porque se les declaró reveldes . Y que
por haber seguido estos movimientos
en América , no ha sido el que
representa de opinión por la
independencia, como lo confirma la resolución
de haberse unido a Mina , cuya
espedición tubo por obgeto la
conciliación del partido de la Constitución ,
como lo manifestaba la proclama
dada en Galveston ; por lo que
solicita se le reciba justificación de
la capitulación y empleo que tenía
en la espedición , presentando
oficiales que hayan estado en la
división del comandante general de
provincias internas ; y en caso de
no presentar el número suficiente ,
se pida de oficio a las secretarías
del Virreinato y comandante
general copia de la lista de los
oficiales rendidos en Soto la Marina
el 15 de junio de 1817 ; y que
resultando ser cierto lo que espone ,
se le destine al egército de la
península o en América ,
subsanándole los individuos que entonces eran
del Consejo de la guerra y por el
ministro que estendió la Real
orden los perjuicios que se le han
originado por haber sido destinado
a presidio , cuando por el indulto
de vuestra magestad debía haber sido puesto
en libertad ; y que se le considere
como uno de los que no han
tenido otro obgeto en seguir los
movimientos de su patria que el de serla
útil .
Esta esposición fue remitida a
este ministerio por el de la Gobernación
de la península para los efectos
convenientes y no tiene más documento
que una copia simple de la
certificación del general Abadia
referente a que , entre otros papeles de
la secretaría del ramo de
presidarios, hay una real orden
comunicada por la Capitanía general
de Granada sobre remitir a la
península los individuos que
pertenecían a la espedición de Mina .
Nota :
Cree la mesa que si
es del agrado de vuestra magestad ,
podrá pasarse esta
instancia al Ministerio de
la Guerra para la
resolución que corresponda ,
respecto a ser el
interesado un militar y a que
la capitulación de que
trata constará en aquella
secretaría .
[ en blanco ]
Sección de Gobierno .
Negociado político
Habiendo dado cuenta al rey
de la adjunta representación de
don José Torrens , natural de Méjico
y residente en Málaga , en la que
expone sus padecimientos con
motivo de haber servido en la
expedición del general Mina y solicita en su
consecuencia varias gracias , se
ha servido resolver su magestad lo pase
a vuestra señoría para los efectos consiguientes
en ese ministerio , en donde
constarán sin duda los antecedentes
y hechos a que aquel se refiere
en su instancia .
Dios etcétera . Palacio , 19 de marzo
de 1821 .
Confrontada [ rúbrica ] Real Cuaderno negociado
político , página 68 . [ rúbrica ]
Señor encargado del Despacho de Guerra .
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