CODEMA19-09-0925
CODEMA19-09-0925
Título | CODEMA19-09-0925 |
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Tipo textual | |
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Resumen | Actas del cabildo municipal de Málaga, sesión de 19 de junio de 1809. |
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Archivo | Archivo Municipal de Málaga
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Referencia | Vol. 199, ff. 291r-293r. |
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Typology | Actas y declaraciones |
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Fecha | 1809/06/19 |
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Lugar | Málaga |
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Provincia | Málaga |
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País | España |
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Transcriptor | Estrella García Muñoz |
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La ciudad de Málaga, Concejo, Justicia y
Reximiento de ella, se juntó a cavildo en su sala
capitular, como de uso y costumbre, oy, día
diez y nuebe de junio de mil ochocientos
nuebe años, que lo presidió
el señor don Justo Martínez de Baños,
alcalde mayor, correxidor regente,
al que concurrieron los cavalleros rexidores,
los señores
el marqués de Isla Hermosa,
don Bruno Ruiz,
don Francisco de Paula Ayala,
don Luis de Molina,
don Francisco María del Bastardo Cisneros, [margen inferior: signo]
don José de Quintana,
don Antonio Pizarro,
don Andrés Bourman,
don Manuel Rengel.
Lo citado.
Cédula de informe de don Andrés
de Ortega y la Torre para servir
un oficio de regidor de este
ayuntamiento.
En este cavildo, para el que ha
sido citado de orden del señor
correxidor regente, con
cédula ante diem y expresión
del fin a que se dirigía a todos los cavalleros
rexidores y síndico del común, de que dieron
fe los porteros haverla hecho en el modo
acostumbrado, se vio una real orden
comunicada por el excelentísimo señor don Benito Hermida,
a que acompaña un memorial de don Andrés
de Ortega y de la Torre y documentos que cita,
cuya orden y copia del memorial se llama
aquí, y su tenor es el siguiente.
Aquí lo dicho.
Y la ciudad, en cumplimiento de dicha real
orden, acuerda informar a su majestad la Junta
Suprema Gubernatiba del Reino que el
pretendiente don Andrés de Ortega y de la Torre,
maestrante de la real de Ronda, teniente del
Reximiento de Milicias Urbanas de esta
plaza, es persona de buena vida y costumbres,
de natural quieto y pacífico, y con la
suficiencia y havilidad que se requiere para servir
el oficio de rexidor de este ayuntamiento
a que aspira; que en él no tiene ningún
pariente en segundo grado ni nulidad alguna
que le incapacite el exercicio de su oficio, y que
si fuese del real agrado de su majestad, podrá
despachársele el competente real título con la
cualidad de que no tenga voto en los actos
en que se halle su padre don José de Ortega
y Rengel, capitular de esta ciudad; y
poniéndose certificación de la real orden y este
informe se remita con los documentos
originales que la acompañaron por la vía de [margen inferior: signo] [margen superior derecho: mano 2: 292] sello [margen superior: cruz
Cuarenta maravedís.
SELLO CUARTO,
CUARENTA MARAVEDÍS, AÑO DE MIL
OCHOCIENTOS Y NUEVE.]
Gracia y Justicia de donde dimana.
acuerdo para que el
arrendador del aguifa quede en
libertad por vender los
despojos prefiriendo a las
perzonas de distinción. La ciudad, entendida de
que el público no disfruta
de los despojos de la guifa,
principalmente las
lenguas y meolladas, de que
con perjuicio del mismo público
dispone arbitrariamente la Diputación de
poco tiempo a esta parte, acuerda se deje
en libertad a el arrendador del ramo
de la guifa para que, arreglándose a los
aranceles, use de tales despojos con la
franqueza que deve permitírsele en su arriendo
sin perjuicio de preferirse a las personas
de distinción, pero sin que se verifique
una formal estancación de este ramo
y goce de despojos en unas mismas
personas; lo que se haga saver a el
arrendador y pase testimonio a la
Diputación para su observancia.
Oficio del cavildo eclesiástico
sobre las honras fúnebres por
el general don Teodoro Reding. Se vio un oficio de los señores deán
y cavildo de esta santa Iglesia
en contestación al que se le
dirigió sobre las honras que deven hacerse
por el general don Teodoro Reding, el cual se
coloca aquí, y su tenor es el siguiente.
Aquí lo dicho.
Y la ciudad, con motibo de hallarse muy distante
de fomentar discordias y separarse de la paz [margen inferior: signo]
y unión que deve tener con el cavildo
eclesiástico, acuerda se hagan las honras en la
santa Iglesia Catedral y nombra por sus
diputados para que se pongan de acuerdo
con los que elija el cavildo eclesiástico a los
señores capitulares don Francisco María del
Bastardo Cisneros y don Andrés Bourman,
lo que así se conteste al cavildo eclesiástico
manifestándole al mismo tiempo que
siempre encontrará en la ciudad las mejores
disposiciones para conservar la unión de
ambos cuerpos, y que quisiera con este motibo
se terminasen otras diferencias que están
pendientes e impiden que la ciudad no pueda
asistir a muchas funciones, pribándose de
la satisfacción que de ello podría resultarle,
bien combencida que nunca ha aspirado
ni solicitará otra cosa en que pueda quedar
comprometido el honor que justamente
trata conserbar y a que contribuirá en cuanto
sea compatible con el suyo y sus regalías.
Oficio del señor don Pedro de Ortega
sobre no ser su ánimo ceder
dos yeguas y si cederlas por el
cavallo suizo. Se vio un oficio del señor don Pedro
de Ortega en que
manifiesta ser su ánimo ceder dos
yeguas por el cavallo suizo
que donó a esta ciudad el teniente general don
Teodoro Reding con lo demás que expresa,
el cual se coloca aquí, y su tenor es el siguiente.
Aquí lo dicho.
Y la ciudad, no deviendo desprenderse del
potro suizo sin agrabio del defunto don
Teodoro Reding, a quien mereció esta
expresión generosa en obsequio de este cuerpo
de que fue presidente, y deseando contribuir
a las buenas ideas del señor don Pedro de Ortega, [margen inferior: signo] [margen superior derecho: mano 2: 293] sello [margen superior: cruz
Cuarenta maravedís.
SELLO CUARTO,
CUARENTA MARAVEDÍS, AÑO DE MIL
OCHOCIENTOS Y NUEVE.]
acuerda se le entregue el referido potro para
que lo beneficie entretanto que está en
aptitud para la monta con la cualidad de que
esta no haya de hacer sin conocimiento e
interbención del señor don Fernando de Ordóñez,
diputado representante de la ciudad en este
ramo, de quien espera igualmente que del
señor Ortega contribuirá a la conservación
de dicho potro, así por el origen en que ha
venido a la ciudad como para perpetuar
su casta conforme a las ideas que se propuso
el señor Reding en su donación, lo que así se
conteste al señor don Fernando de Ordóñez para
que lo haga al señor don Pedro de Ortega.
Con lo cual se concluyó este cavildo, que firmó
el señor alcalde mayor, su presidente, y algunos de los
cavalleros capitulares concurrentes a él. Doy
fe.
Baños. [rúbrica] Ayala. [rúbrica]
José Sánchez de Castilla. [rúbrica]
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