CODEMA_19-50-285
CODEMA 19-50-285
Resumen | Carta de Juan Díez Oñate al conde de Luque sobre unas tierras e informe de Mariano García del Cid. |
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Archivo | Archivo Histórico Nacional. Sección Nobleza |
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Referencia | LUQUE, C.728, D.177-181, ff. 3r-v |
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Typology | Cartas privadas |
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Fecha | 1831/11/06 |
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Lugar | Marbella |
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Provincia | Málaga |
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País | España |
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[margen superior derecho: En 26 de noviembre se comunicó al administrador la
orden bajo cuyas condiciones podia acederse
à la data à censo de las tierras.]
Muy YlustrísiMo Señor Conde de Luque.
Muy Ylustre Señor Conde de Luque
Enterado de la adjunta so
licitud hago à Vuestra Señoría presente:
que las tierras que deslin
da en el cortijo del chopo pro
pio de Don Juan Diez de Oña
te se allan situadas en
medio del referido cortijo
por cuya razon no se à
prestado colono algu
no à solicitarlas, pues la entrada en ellas à de
ser ó por una herrisa que
las domina ó por la propi
edad del referido Oñate.
Las tierras conosidas
por los lejos se allan
incultas bertidas de mon
te bajo las quales nada
producen desde tiempo
inmemorial, lindan con
el chopo por lo que le aco
modan al suplicante.
Adcediendo à su preten
cion se aumentan las
rentas que produscan
sin que jamas pueda
ser fallida por los adelan
tos que hará en ellas
desmontandolas por
su propio interes, y sino
lo hase el resultado serà
que han dado renta y
las tierras no pueden
Don Juan Diez Oñate vezino dela ciudad de Marbe
lla, à Vuestra Señoría con el devido respeto hago presente: que
siendo dueño del cortijo llamado del chopo àlto, Juris
diccion de Benahavis de esta ciudad, por compra que
hize de el, en el año de 1818, desde cuyo tiempo, en que
se medió posecion de todas las tierras contenidas en
él, no he tenido noticia, de que Vuestra Señoria tubiese ningunas
dentro de las lindes que se me señalaron; ni menos
se me ha opuesto, ni embargado persona alguna has
ta que en el año pasado y por el Apoderado de Vuestra Señoría
Don Mariano Garcia del Cid, se me sitó á fin de prac
ticar un nuebo deslinde, por noticias que tenia de que
Vuestra Señoría tenia derecho á porcion de tierra comprehendida en
las anteriores, y para lo que tenia nombrado perito
por su parte: á lo que gustoso me conformé, pasando
por el resultado de dicha operacion, conla misma
buena feé con que lo había estado preyendo: y todo
asi hecho por dicho Señor Apoderado, otorgué
reconociendo el resultado que por ella se expresa.
Pero como quiera que dicha porcion de terreno, se halla tener menos balor que
el que hoy tienen.
Dios guarde à Vuestra Señoría muchos años, Ma
laga 22 de Nobiembre de 1831.
Mariano Garcia del Cid [rúbrica]
en sitio, endonde Vuestra Señoría no puede haser uso de él, sin
notable perjuicio mio, y ser por su
inferior calidad de dificil arriendo,
para consiliar estas extremas, ocurro
á Vuestra Señoría á fin de que si lo tiene ábien, se proceda en la
forma legal á su justo abaluó, por el que pagaré
el canon Correspondiente.
Asi mismo el cortijo llamado dela Nebralejo,
propiedad de Vuestra Señoria y que linda con otro extremo del mio
cuyo terreno se halla herido é infructifero, sin que
se halla conocido arrendatario, por su mala calidad,
solo puede combenirme á mi, por su situacion para
desahogo de mis ganados, por lo que no tengo incom
beniente, y aun suplico á Vuestra Señoría que con las mismas for
malidades antes dichas, se me dé á cerro correspon
diente a su Valor.
No dudo que Vuestra Señoría previas las noticias que sea
servido formar, accederá á este pedido, á el que solo me
muebe los mejores deseos, como el de evitar litigias, bien
agenas de mi caracter y carrera. Repitiendo á Vuestra Señoría que
unas y otras tierras ningun producto pueden ren
dirle ni menos habia sujeto que las arriende. Dios
guarde á Vuestra Señoría muchos años. Marbella – 6. de Noviembre
de 1831.
Juan Diez Oñate [rúbrica]
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