CODEMA19-09-0982

CODEMA19-09-0982

ResumenActas de la reunión que el cabildo municipal de Málaga celebró el 12 de enero de 1843.
ArchivoArchivo Municipal de Málaga
ReferenciaAMM, vol. 245, ff. 27r-30v.
TypologyActas y declaraciones
Fecha1843/01/12
LugarMálaga
ProvinciaMálaga
PaísEspaña

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El Ayuntamiento constitucional de esta Ciudad se junto á cabildo en su sala capitular hoy dose de Enero de mil ochocientos cuarenta y tres que lo precidio El sor Don Pedro Gomez Sancho Alcalde 1.º Al que asistieron los señores Don Melchor ordoñez Don Visente Serrano Don Jose María de Torres Don Estevan Carreras Don Diego Rodriguez Don Jose Trigueros Navas Don Juan Jose Morales Don Juan Zalabardo Don Fernando Fernandez del Villar Don Angel Javier Don Jose Sedeño Don Feliz Proslo Don Jose Novillo Don Francisco Pobedano Don Francisco de Paula Sola Se leyo el acta anterior y hallo conforme Di cuenta de la contestacion dada por el electo Alcalde de Barrio del cuartel primero Don Francisco Antonio Fajardo á la papeleta de invitacion para que se presentara en el cabildo de hoy á prestar el devido juramento y enterado el Ayuntamiento previos los devidos informes lo eceptuo. A propuesta del señor Regidor Rodriguez nombro el Ayuntamiento para el desempeño de la vara bacante del cuartel primero á Don Francisco Toribio acordando se le pase el correspondiente oficio para que se presente á jurar. Previo el oportuno aviso y con las formulas de costumbre comparecieron los electos Alcaldes de Barrio Don Antonio Padron del cuartel Quinto, Don Jose Ribera del tercero, Don Andres Moriano de la Malagueta y Don Manuel Moreno del diez y seis quienes habiendo prestado el devido juramento quedaron en el uso y ejercicio de sus respectivos cargos. Del mismo modo juraron con protesta Don Lino Jose de Goicochea nombrado para el desempeño del cuartel quince y a José Solés para el segundo que dando por consiguiente en el acto y ejercicio de sus funciones. El sor obrero mayor hizo presente haberse hecho un agujero en el paraje frente de nuestra señora de Atocha, y la nesecidad de acudir á su composicion y el Ayuntamiento dio comicion en el acto al Arquitecto Don Rafael Mitjana para su reconocimiento y que compareciente á dar cuenta y habiendo regresado manifesto que este reparto podria ascender á unos setenta reales y se acordó proceda la ejecucion vajo la inspeccion del caballero obrero mayor Di cuenta de los estados numero [margen inferior: signo] [margen superior: sello] [margen superior derecho: 28] dos y tres de ecsistencia del caudal publico que presenta el Dipositario segun lo acordado y que juntos ascienden á tres mil ochocientos setenta y dos reales que con sesenta y tres veinte y seis maravedis sobrantes de la distribucion anterior hacen tres mil novecientos treinta y cinco con veinte y seis y se acordo su destribucion en esta forma. Seguidamente se dio lectura de los creditos y fueron señalados para su avono los siguientes A la Guardia Municipal por cuenta de lo que se le adeuda mil reales Al encargado en la manutencion de presos pobres dela carcel por cuenta de la segunda quincena de Diciembre del año anterior mil reales. Al encargado en el apresto del aceyte para el alumbrado publico por resto del ultimo libramiento que le esta espedido mil setecientos veinte y cuatro reales Y ciento tres reales importe de una cuenta de tres escaleras para los serenos Entro el señor sindico Don Enrique Garcia El sor Alcalde primero propuso al Ayuntamiento la nesecidad de regularisar los pagos arreglado á los fondos que resultaren de las notas presentadas por la Depositaria, cuya operacion creia devia ejecutar el mismo con vista de los creditos distribuyendo sus ingresos con la preferencia devida para la mas perfecta igualdad entre los diferentes acreedores y habiendo disentido algunos señores á serca de esta medida sobre la que hicieron sus observaciones, se dispuso proceder á la vocacion que tubo efecto en esta forma = Estubieron por que el Ayuntamiento distribuyera sus ingresos segun los estados de Depositoria, los señores Alcalde segundo Alcalde tercero Alcalde cuarto Fernandez del Villar Carreras, Pobedano Rosso, Novillo, Sedeño y Alcalde primero = por que lo ejecutase la comision de Hacienda los señores Rodriguez, Garcia y Zalabardo = habiendose abstenido los señores Morales, trigueros y sola: Quedo cometido al Ayuntamiento la distribucion de sus fondos. El Ayuntamiento acuerda se espidan libramiento provicionales por cuenta delas cantidades que mande satisfacer la corporacion sin perjuicio de retirar estos parciales al formalizar el general de la totalidad de las sumas. A una mocion del sor Alcalde se gundo pidiendo se reprima el destino de Guarda de la Plaza Reyna Gobernadora y demas que manifiesta, acordo el Ayuntamiento pase á la comision de Policia. El Ayuntamiento atendido el mal estado en que se encuentran los Portales de la Plaza Reyna Gobernadora por la ruina que amenaza la pared de su frente ya denunciada, acordo que la comicion de Policia en union con el Arquitecto propongan lo mas conveniente á su remedio. Vista una mocion que presenta la comicion de Policia pidiendo la separacion de sus fondos para acudir con ellos à las atenciones peculiares deeste ramo, acordo el Ayuntamiento que siendo con Entre renglones: no tenia lugar y que: r traditoria esta peticion con el acuerdo antecedente sobre el modo adoptado para todas clases de pago
no tenia lugar y que se insertase en el acta como lo verifico y su tenor dise asi = [margen superior: sello] [margen superior derecho: 29] Ylustrísimo sor = Los fondos destinados á los gastos de Policia urbana y alumbrado, no pueden considerarse como pertenecientes al caudal publico. En cuando al Alumbrado los produse una contribucion que especialmente gravita sobre la mayor parte de las casas que componen esta Poblacion y la satisfacen sus propietarios con el esclusivo objeto de que se alumbran las calles, atienda al pago de serenos y ocurra a los demas gastos que este servicio origina. Distaido de el pudieran oponerse á su solvencia y esto ocasionar los funestos resultados que son consiguientes. Los de Policia son; los productos del arrendamiento de las casillas de los mercados publicos, las de Pescaderia Puerta Nueva y Guifa, el de la sillas de la Alameda principal y rodage de carra y faeneros. Por real orden de cuatro de Enero de mil ochocientos treinta y uno, se previno que estos productos corriesen unidos con los del alumbrado cuyo total se concidero suficiente para los tres objetos de alumbrado, Policia y Alameda administrandose con separacion de los demas del Ayuntamiento y rindiendo en particular sus cuentas anuales. Tales antecedentes dejan sobradamente indicado los fundamentos que asisten á esta seccion para sentar el presidente de que no son estos ingresos correspondientes á los Generales del publico. Puede no obstante oponerse á tan terminante resolucion el estar mandado la sentralizacion de fondos publicos, pero hay otras razones que pudie ran oponerse; mas como el objeto de la comicion no es huir de ella si no es que sus fondas secustodien en un area separada de que concerve una llave y se apliquen esclusivamente á sus atenciones sin que dejen de ser parte y figurar en las cuentas generales llevandose por contaduria la correspondiente cuenta y razon se limita solo á solicitar de Vuestra Señoria Ylustre se digne acceder á esta demanda ó sea administracion particular de sus fondos = El mal estado de aseo y limpieza en que se hallan las calles de esta capital, la nececidad de secar algunas reempedrar otras y algunas entotalidad, el pago efectivo y perentorio del importe de aceytes para el consumo, el de ser unos, la adquicicion y reparacion de utiles, gastos del barrido, conservacion y plantacion de las Alamedas y otra infinidad de obras que son à cargo de esta seccion; la obligan á proponer á Vuestra Señoria Ylustre, no un sistema nuevo cuyos resultados puedan desconoserse sino es la continuacion del que obscureciendose las causas sero en fin de 1841, de otro modo le es imposible desempeñar con esactitud sucometido á un cuando no tratase como desea de mejoras y reformas probeyendo desde luego una paralizacion notable y altamente perjudicial = Vuestra Señoria Ylustre que tan penetrado se halla de lo justo de esta reclamacion resolvera no obstante lo que considere mas oportuno Malaga 11 Enero 1843. = Melchor ordoñez = Juan Zalabardo. A una cuenta que presenta el [margen superior: sello] [margen superior derecho: 30] fontanero Don Diego Clavero por composicion de la cañeria de la Fuente de los cristos, su importe de 1489 reales 14 maravedis acordo el Ayuntamiento se agregue á la lista de obligaciones para su abono luego que hubiese fondos; sin perjuicio de reclamar esta cantidad al sor Director del colegio Militar de san Telmo mediante la obligacion en que esta de cumplir con los fondos destinados para este objeto y por medio de atento oficio que se le dirija La Excelentisima Diputacion Provincial devuelbe aprovados los espedientes de subasta de las casillas de Pescaderia Puerta Nueva y Guifa; el de las casillas de madera de los mercados publicos y el de las sillas del salon de Bilbao acordando el Ayuntamiento en su vista se pasen á la Excelentisima de Cabildo para el otorgamiento de las Escrituras y demas correspondiente á la seguridad de los pagos. El Ayuntamiento enterado del espediente de subasta del arbitrio de carros faeneros que devuelve aprovado la Excelentisima Diputacion Provincial, acordo no se le ponga en poseccion hasta que cumpla el actual arrendador con lo que resulta deber prosedente de la misma renta en el año anterior, y asegure en devida forma las condiciones de este remate. Tambien acuerda el Ayuntamiento que de los demas espedientes de rentas y arbitrios aprovados y devueltos por la Excelentisima Diputacion Provincial cuyos valores retiene para hacerse pago de lo que espresa le adeuda esta corporacion, queden en secretaria para dar cuenta en el cabildo inmediato. El sor Alcalde cuarto como Precidente de la comision de Hacienda hizo referencia del estado en que se encontraba la Rifa para atender a los gastos de la conclucion del monumento de Torrijos, y que segun lo informado por los señores de la Comision anterior los billetes no estan espendidos en una gran mayoria ni habia por consiguiente recaudada la cantidad correspondiente à los premios, por lo que opinaba no podria tener lugar el acto de la Rifa para el dia veinte y nueve del mes actual; y el Ayuntamiento en su inteligencia acordo que la comicion continuase en el encargo avistandose con Su Excelentisima la Diputacion Provincial para la prorroga que es indispensable, pues de otro modo ni habra para satisfaser los premios ni tiempo suficiente para asegurarse delos villetes espendidos y los existentes, tomando al efecto cuantas medidas crean conducentes. Y se concluyo este Cabildo firman dichos señores concurrentes de que certifico: Gomez Ordoñez [rúbrica] Serrano [rúbrica] Carreras [rúbrica] Pobedano [rúbrica] Proslo [rúbrica] Saenz [rúbrica] Garcia [rúbrica] Rodriguez [rúbrica] Fernandez [rúbrica] Morales Joaquin Arias [rúbrica]

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