CODEMA_19-58-311
CODEMA 19-58-311
Resumen | Carta del capellán José Pinto y Palacios a Martín García sobre la insubordinación y deserción de los pueblos malagueños. |
---|
Archivo | Archivo Histórico Nacional. Depósito de la Guerra, Estado y otros varios |
---|
Referencia | ESTADO, 62, F |
---|
Typology | Cartas privadas |
---|
Fecha | 1809/07/24 |
---|
Lugar | Benamargosa |
---|
Provincia | Málaga |
---|
País | España |
---|
Opciones de visualización
Texto: - Mostrar:
Javascript seems to be turned off, or there was a communication error. Turn on Javascript for more display options.
Excelentísimo señor don Martín García.
Señor.
La insubordinación e imprudencia de estos
pueblos me tienen tan fuera de mí que no
puedo menos de cansar a vuestra excelencia a ver si por
su medio logro la sumición y respeto de
ellos en orden a contener la deserción, y
que los que an incurrido en tan detestable
delito lo conoscan y se sometan a hacer sus
respectivos servicios a Dios, al rey y a la
patria.
Todos los pueblos sujetos a Málaga
(en orden a defensa) están llenos de
decertores: unos venidos de los exércitos, otros
desde el mismo Málaga después de su
presentación y otros que aún no se an
presentado. Finalmente, otros que siendo aptos para las
armas se hallan desechados por sobornos
a médicos, sirujanos, medidores o con
engaños por otro estilo. De esta casta de
ombres están colmados estos pueblos (repito)
abrigados por sus mismas gentes sin que a unos
y otros sirvan de contenerlos las respetables
órdenes de su majestad o de sus magistrados. No
sucede a si, señor excelentísimo, en la demarcación
de Velés (de donde por la inmediación tengo
conocimiento), en cuyos pueblos no ai un
decertor. ¿Y por qué ? Porque la junta de esta
a dado providencias duras y las de aquella
todas suaves.
Deseoso yo de contener estas
deserciones tan perjudiciales, e escrito
a individuos de la junta de Málaga
avisando las providencias que devan tomar para contener
estos males; y no an tenido por conbeniente
el adoptarlas. E avisado la mofa que se hace
estos preceptos y que solo sirven de
insolentarlos, y nada e adelantado. No sé, señor excelentísimo,
en qué conciste que una junta compuesta de
ombres de onor y verdaderos patriotas no
aprovechen los avisos para remediar los males.
Y para hacer ver a vuestra excelencia esta culpable
concideración (motivo de insolencia) solo diré
que aviendo los alcaldes de esta villa preso a
algunos de los tales delincuentes hasta
cuatro y sinco veces (de que se conservan recivos),
apenas llegan a Málaga cuando se vienen tras
del alcalde . Infiera aora vuestra excelencia que
impresión harán estos hechos en los malévolos
por un estilo y en los verdaderos patriotas por
otro.
No quiero molestar a vuestra excelencia y solo estimaré
que (ocultando mi nombre, porque ciertamente me
expongo a ser víctima de estos desalmados)
eleve al conocimiento de su magestad el estado
deplorable de estos pueblos en materia de
deserción para que providencie lo que jusgue
conbeniente.
Añado que, no obstante, mi edad de 59
años está pronto a servir en obsequio a nuestra
santa religión, de mi idolotrado rei y de
mi amada patria, con la condición que ni
quiero acto positivo ni estipendio alguno, y
solo con la de no ser despojado del
beneficio que obtengo en esta parroquia y que ofrezco
a vuestra excelencia con el más respeto y con el más
completo gusto.
Dios guarde a vuestra excelencia muchos años.
Benamargoza, 24 de julio de 1809.
Besa la mano de vuestra excelencia su más
atento servidor y capellán.
Excelentísimo señor
Joseph Pinto
y Palacios [rúbrica]
Descargar XML • Descargar texto