CODEMA_19-47-280

CODEMA 19-47-280

TítuloCODEMA 19-47-280
Tipo textual
ResumenPetición de Antonio Gutiérrez al conde de Luque para que su ganado paste en unos terrenos cuyo acceso se le ha prohibido.
ArchivoArchivo Histórico Nacional. Sección Nobleza
ReferenciaLUQUE, C.728, D.13, ff. 3r-v
TypologyCartas privadas
Fecha1830/02/13
LugarParauta
ProvinciaMálaga
PaísEspaña
TranscriptorEstrella García Muñoz

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[margen superior: mano 2: Devuelta por señora en 21 de abril. Véase lo resuelto y al administrador en 24 de abril.]
Excelintísimo señor conde de Luque. Don Antonio Gutiérres, vecino de la Villa de Parauta, a vuestra excelencia con el debido respeto hace presente: Que hace porsión de años se halla constituido en la clase de colono de vuestra excelencia en la tierra y monte llamado de Daidín, término de la Villa de Benahavís, del patrimonio de vuestra excelencia y de último estado tiene celebrado renovado el contrato de arrendamiento por otro espacio de tiempo en la cantidad de tres mil trescientos sincuenta reales en cada un año; y una de las utilidades con que las tierras se hacen productivas es el abono del estiércol con que majadean las cabras, y en el día se ha hecho entender a el esponente la prohivisión de vuestra excelencia para la entrada de dicho ganado, sin cuya concurrensia queda privado de los mejores esquilmos y productos, pues que las begas o rosas de tierra, siendo de la calidad propia de la de los montes y de la última clase, es absolutamente indispensable valerse de los medios del arte e industria para que no queden yemas y sin productos sereales; cuyo fundamento expone el que representa a la considerasión de vuestra excelencia para que con su alta penetrasión bea la necesidad de la continuasión de dicho majadeo y estercolado, bajo cuya base a conti[margen inferior: signo] nuado y emprendido de nuevo el arrendamiento y laboreo de las tierras, no causando por otro consepto esta clase de ganado perjuicio alguno a el arboledo y monte, pues que hallándose poblado en todas sus plazas, aprovecha muy mucho el que las malesas y monte bajo se abasallen, taladren y sujeten para impedir el desperdisio de la bellota y otros males de mayor considerasión; en cuya birtud: A vuestra excelencia suplica se sirva en vista de lo espuesto mandar se espida la competente orden a el apoderado administrador de estos terrenos, a efecto de que allándose la prohibisión de la entrada de dicho ganado, se consilien todos los estremos de que ba hecha referensia, y en lo que resibirá justisia y merced. Parauta y febrero 13 de 1830. Antonio Gutiérres [rúbrica]

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