CODEMA_19-19-657-3

CODEMA 19-19-657-3

TítuloCODEMA 19-19-657-3
Tipo textual
ResumenGertrudis de Torres y Tabera, natural y vecina de La Habana y residente en Málaga, viuda del teniente Leandro Rubira, solicita licencia para regresar a su patria, llevando en su compañía a una hija.
ArchivoArchivo General de Indias
ReferenciaES.41091.AGI/37//ULTRAMAR,345,N.69, ff. 3r-v
TypologyActas y declaraciones
Fecha1826/11/23
LugarMadrid
ProvinciaMadrid
PaísEspaña
TranscriptorIván Muñoz Muñoz y Estrella García Muñoz

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Da Gertrudis de Torres natural de la Habana residente en esta Ciudad y de estado viuda de Don Leandro Rubira ante Vuestra Señoria como mas halla lugar digo: Que siendome indispensable acreditar me hallo en el estado de viuda para que el Rey Nuestro Señor me conceda la gracia de que pueda restituirme con una hija menor à mi pais se hace indispensable remitir testimonio de la partida de cepelio de dicho mi difunto Esposo que al intento exibo para que todo se me debuelva; y para ello= Suplico à Vuestra Señoria que en atencion à lo espuesto y teniendo por exibida la partida de entierro legalizada de mi difunto marido Don Leandro Rubira se sirva mandar que el presente Escribano ponga à continuacion testimonio literal de dicha partida y que evacuado en manera que haga se me entregue todo original para los fines propuestos, pues asi es de Justicia que pido juro etcetera = Gertrudis de Torres= Auto= Por presentada con la partida de sepelio que se espresa: el presente Escribano pondrà à continuacion el testimonio que se solicita y en manera que haga lo entregará todo original à esta interesada para el uso que propone. Lo mandó el Señor Don Manuel de Medina y Ximenez Alcalde mayor mas moderno de esta Ciudad de Malaga à treinta de octubre de mil ochocientos veinte y seis= Medina= Marcos Ximenez Morales= Notificacion= En Malaga en el mismo dia mes y año yo el Escribano hize saber el auto que antecede à Da Gertrudis de Torres de esta vecindad en su persona, doy fé= Ximenez= Testimonio= Yo el infrascrito Escribano del Rey Nuestro Señor público en todas sus Cortes, Reynos y Señorios con residencia en esta ciudad doy que la partida de sepelio exibida por la anterior escrito con la legalizacion que comprende el tenor de todo, es como sigue = Partida= Como Colector que soy de testamentos de la Yglesia parroquial de Señora Santa Maria la mayor de esta ciudad, certifico: Como en el libro de sepelios que se conserva en su archivo al folio 556 recto de dicho libro se halla una partida que copiada a la letra dice asi: Don Leandro Rubira natural de la Ciudad de Malaga hijo de Don Leandro y de Da Maria de la Par Bergara, casado con Da Maria Gertrudis de Torres teniente capitan del Regimiento de Tarragona, murió dia vein- te y dos del presente mes y año de la fecha de tisis pulmonar no testó, se le hizo su entierro llano y se le asistió con la Santa Cruz y los Eclesiasticos de esta parroquia pagaron sus derchos y para que conste lo firmo Andujar veinte y dos de Octubre de mil ochocientos veinte y cinco= Bachiller Cristobal Gomez= Concuerda con su original al que me remito. Andujar veinte y tres de Octubre de mil ochocientos veinte y cinco= Bachiller Cristobal Gomez= Legalizacion= Los Escribanos Publicos de esta Ciudad que al final signamos y firmamos certificamos y damos como el Bachiller Don Cristobal Gomez por quien esta dada la anterior partida de sepelio es colector de la Yglesia parroquial de la Señora Santa Maria segun se titula y la firma y rubrica con que la autoriza de su puño y letra y la misma que acostumbra poner en todos sus escritos a los cuales por su legalidad siempre se les ha dado y entera y credito así en juizio como fuera de èl. Y para que conste à los efectos convenientes ponemos la presente en Andujar à veinte y tres de Octubre de mil ochocientos veinte y cinco= Hay un signo= Manuel Lopez Milan= Hay otro signo= Miguel de Enciso= Hay otro signo= Juan de Dios Enciso= Hay un sello= Lo inserto corresponde con dicha partida legali-zada que debolvi à la Da Gertrudis la Torre y firma aquí por mi recibo á que me remito; y para que asi conste donde convenga por lo proveido doy el presente que signo y firmo en la ciudad de Malaga à treinta dias del mes de Octubre de mil ochocientos veinte y seis años= Gertrudis de Torres= Hay un signo= Marcos Ximenez Morales= Legalizacion= Los Escribanos del Rey Nuestro Señor publicos en el número perpetuo de esta ciudad que autorizamos la presente y rubricamos la foja anterior damos : que el señor Don Manuel de Medina y Ximenez por quien firmado el auto que comprende el antecedente espediente es Su Señoria Alcalde mayor mas moderno de esta dicha ciudad, y Don Marcos Ximenez y Morales que lo autoriza y el tes-timonio que le subsigue es Escribano del Rey Nuestro Señor publico en todas sus Cortes, Reynos y Señorios segun se titula, fiel, legal y de toda confidencia; por lo cual à cuanto autoriza siempre se le ha dado y entera y credito en juicio y fuera de él. Y para que asi conste donde convenga damos la presente sellada con el de nuestro número en Málaga à treinta y uno de Octubre de mil ochocientos veinte y seis= José Sanchez de Castilla= Antonio Sarrido= Don Juan de Sierra= Hay un sello Corresponde con su original que me exibió y volvió á recoger Don Pedro de Torres quien firma su recivo de que doy y á que me remito: Y para que conste yo el ynfrascrito Escribano del numero de esta villa de Madrid lo signo y firmo en ella á veinte y tres de Noviembre de mil ochocientos veinte y seis. Recibi el original Torres [rúbrica] Anselmo Ordoñez [rúbrica]

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