CODEMA19-09-0953
CODEMA19-09-0953
Resumen | Actas de la reunión que el cabildo municipal de Málaga celebró el 14 de febrero de 1833. |
---|
Archivo | Archivo Municipal de Málaga
|
---|
Referencia | Vol. 235, ff. 42r-44v. |
---|
Typology | Actas y declaraciones |
---|
Fecha | 1833/02/14 |
---|
Lugar | Málaga |
---|
Provincia | Málaga |
---|
País | España |
---|
Opciones de visualización
Texto: - Mostrar:
Javascript seems to be turned off, or there was a communication error. Turn on Javascript for more display options.
La Ciudad de Málaga Consejo Justicia y Regimiento de ella se Juntó
à Cavildo en su Sala Capitular como lo ha de uso y costumbre hoy cator
ce de Febrero de mil ochocientos treinta y tres, que lo Presidió
El Señor Don Antonio Maria Albarez
Mariscal de Campo y Gobernador
Militar y Politico de esta Plaza
Al que asistieron los Sseñores
Don Juan Perez de Marure como Acesor Nato del Señor Gobernador
Don Domingo Ruiz Conde
Don Andrès de Ortega
Don Domingo Cabarrus Regidores perpetuos
Don Guillermo Fagilliot
Don Vicente Serrano
Don Miguel Moreno Abiles Diputado del Comun
Don Francisco Cubero Sindico del mismo
Se leyó el acta anterior y se halló conforme.
Se vió una real orden comunicada por el Señor General Gobernador de esta
Plaza fecha treinta y uno de Enero anterior por la que se manda
que los Corregidores y Alcaldes Mayores, cumplan los despachos de las Yn
tendencias, Subdelegaciones ó Comiciones especiales de la Real Hacienda
con que fuesen requeridos; con lo demas que se dispone; Y la Ciudad
acuerda quedar enterada.
Se vió un oficio del Real Montepio de Cosecheros fecha trece del
corriente, haciendo presente el perjuicio que esperimentavan los Cose
cheros por el indevido proceder del arrendador del Diezmo, y que para
evitar los males, habia acordado se representase à Su Magestad para que se
dignase resolver lo conveniente à su remedio; y que teniendo promovido Es
pediente el Caballero Sindico sobre la Materia, determinó asi mismo que
se le ilustrase con los antesedentes que resultasen, è informe de lo que
tubiese á bien esponer, para que acompañase à la representacion toda
la documentacion necesaria; E inteligenciada la Ciudad acuerda
pase dicho oficio al Caballero Sindico del Comun Procurador General para que
con presencia del Espediente que se indica y tomando ademas todos los
datos y conocimientos que estime convenientes, informe à la posible
brevedad lo que se le ofresca y paresca para en su vista acordar lo
conveniente.
Se vió un oficio del Señor Yntendente de esta Provincia fecha doce
del corriente; en contestación al que se le dirijió con la del once, sobre haber
dispuesto de la asignacion mensual de Propios por cuenta de lo que se
adeudava à la Real Hacienda del Repartimiento de Paja y Utencilios del
tercer trimestre del año anterior, espresando las razones y fundamentos
que le habian asistido para semejante novedad: Al propio tiempo se
vio otro oficio del mismo dia, dirijido al Señor General Gobernador Presidente
dando á conoser á Su Señoria que solo los Yndividuos de Ayuntamiento estan Sugetos
á la Yntendencia en el ramo de Contribuciones; y los Señores Gobernadores tienen
la autoridad y medios para compeler á los deudores morosos al pago de
sus descubiertos, espresando las consideraciones con que se ha condusido sin em
bargo de los apuros de la tesoreria General y de las amplias facultades con que
se halla para proceder indistintamente contra los Ayuntamientos; Y la Ciudad
acuerda se conteste al Señor Yntendente manifestandole que contando unicamente
la Junta de Propios, con la cuota mensual que Satisfase la Empresa de
Puertas para cubrir en parte sus graves atenciones, se habia tocado el perjui
cio de haber quedado desatendidas, y que espera que en lo Subsesivo no se
repita para evitar semejantes males: Que todos los Sabados se haga
arqueo, y que en los Cavildos de los Lunes de cada Semana se dé cuenta
del resultado, para ponerlo en tesoreria, esperando que la Comicion del
ramo redoblara su vigilancia para que se active la cobranza, con
objeto de que pueda cubrirse el devito de Contribuciones.
Se vió un oficio de la Comicion de Contribuciones fecha catorce del
corriente en que reclama ocho mil quinientos cuarenta y siete rreales y dos
maravedis que adeuda el Caudal de Propios de las Contribuciones de Paja
y Utencilios; Y la Ciudad acuerda se pase oficio con su insercion à
la Real Junta de Propios á fin de que se Sirva disponer que de la cuota
mensual asignada al Caudal del ramo se Satisfaga con toda prefe
rencia la Cantidad que reclama la Comicion de Contribuciones.
Lo citado En este Cavildo para el que ha sido citado de orden del Señor General
Gobernador Presidente, con cedula antediem y esprecion del fin à que se dirijia
à todos los Señores Regidores Diputados y Sindico del Comun, de que
dieron fee los Porteros haberla hecho en el modo acostumbrado, Se
volvieron à ver los Memoriales de Don Joaquin Denis, en que manifiesta
las fincas que propone, y Sirvan de fianzas à las resultas de la tesoreria
de Propios con los aprecios dados por los Alamines y Alarifes ppublicos, y que
para el completo de los Quinientos mil rreales estaba pronto á depocitar
en arcas el resto el papel con interez ó Bales Reales consolidados; Y la
Ciudad enterada acuerda pase todo á la Comicion nombrada para
la inspeccion é informe de dicha fianza, nombrando en lugar del di
funto Regidor Suplente Don Francisco Garcia Godoy à el de igual clase Don Ra
fael de la torre, para que con presencia de dichas instancias y antesedentes
que obran en el particular informen lo que se les ofresca y paresca y
se dé cuenta en Cavildo citado.
Se vió un oficio de la Real Junta de Propios fecha ocho
del corriente, en que manifiesta haber pasado à una Comicion de
su Seno para su inspeccion, reconosimiento è informe, las cuentas de
Propios del defunto tesorero Don José de la Barcena; Y la Ciudad acuer
da quedar enterada.
Se vió un Estado de la entrada, Salida y ecsistencia de Caudales
del ramo de Policia Vrbana; correspondiente al mes de Enero anterior; Y
la Ciudad acuerda quedar enterada.
Se vió un Memorial de Don Manuel Baso en que en representacion
de Don Miguel su Padre manifiesta que por el Señor Subdelegado de Propios de
esta Provincia, se habia comunicado orden para que por persona inteligente,
se mediese el terreno en que estan labrados unos Almacenes que posee el dicho
su padre en la Calle de Almacenes Barrio del Perchel que fue enagenado
por este ayuntamiento en el año de mil Setecientos Setenta y cinco à Don Nico
las Corrady; Y la Ciudad acuerda pase dicho Escrito y copia de la orden que
le acompaña al Señor Don Vicente Ayala Su Capitular obrero mayor para
que disponga que por los Alarifes publicos de Albañileria se mida el
terreno de los Almacenes que se espresan, y verificado todo se entregue al
interesado para los fines que manifiesta.
Se volvio à ver el oficio del Señor Gobernador de esta Plaza, en que pide
una noticia de las funciones de Yglecia, à que por Estatuto debe con
currir este Ayuntamiento con esprecion de las clasicas ò mas festi
vas; con lo informado en su razon por el Señor Don Francisco Maria del
bastardo Cisneros, su Capitular Regidor Decano, á que acompaña
dicha lista con precion de las funciones mas clasicas; Y la Ciudad acu
erda se pase copia de ella al Señor General Gobernador para los fines que es
presa.
Con lo cual se concluyó este Cavildo que firman su Presidente y competente
numero de Señores Regidores concurrentes de que Certifico Alvarez [rúbrica] Ruiz Conde [rúbrica] Cabarrus [rúbrica]
Descargar XML • Descargar texto