CODEMA19-09-0949

CODEMA19-09-0949

TítuloCODEMA19-09-0949
Tipo textual
ResumenActas de la reunión que el cabildo municipal de Málaga celebró el 27 de enero de 1832.
ArchivoArchivo Municipal de Málaga
ReferenciaVol. 233, ff. 89v-91v.
TypologyActas y declaraciones
Fecha1832/01/27
LugarMálaga
ProvinciaMálaga
PaísEspaña
TranscriptorLivia Cristina García Aguiar

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La Ciudad de Málaga Consejo Justicia y Regimiento de ella se juntó à Cavildo en su Sala Capitular como lo ha de uso y costumbre hoy veinte y Siete de Enero de mil ochocientos treinta y dos, que lo presidió El Señor Don Josè Bureau Gobernador Militar y Politico de esta Plaza. Al que asistieron los Sseñores] Don Manuel Rengel Don Domingo Ruiz Conde Don Andres de Ortega Don Vicente de Ayala Regidores perpetuos Don Rafael de la Torre idem Superintendente Don Vicente Serrano Diputado del comun Se leyó el acta anterior y se halló conforme En este Cavildo el Sor Gobernador su Presidente espuso à la Ciudad el mal estado en que se hallava la Madre Vieja de Calle de Granada, en la inmediacion de la Carcel pues estando amenasando ruina era facil se inutilizase el transito del publico, de que enterada la Ciudad y deseosa de evitar todo perjuicio á su Vecindario acuerda se haga Saber á Cristoval Ramires Maestro Mayor de obras reconozca la citada madre, é informe sobre su estado y cantidad que conceptue necesaria para dejarla con la mayor solides. Se vió un oficio del Señor Gobernador Presidente de la Junta de Elecciones manifestando haber nombrado la misma para Diputados del Comun á D. Feliciano Bastante y de Sindico Presidente General a Don Francisco Cubero; Y la Ciudad acuerda quedar enterada y que se le cite para el primer Cabildo con objeto de que juren y tomen pocecion de sus respectivos encargos. Entrada Entró el Sor Don Domingo Cabarrus Regidor perpetuo y tomó su aciento Lo citado En este Cavildo para el que ha sido citado de orden del Sor Gobernador su presidente con cedula antediem y esprecion del fin à que se dirijia á todos los Sseñores Regidores Diputados y Sindico del Comun de que dieron fee los Porteros haberla hecho en el modo acostumbrado, se volvio à ver la instancia de Don José Trugillo arrendador de las Casillas de madera en que solicitava se prohiviesen los Puestos ambulantes, Segun tenia contratado y se nombrase al Caballero Alguacil mayor para hacer obserbar dicha medida; Y la Ciudad en su inteligencia y deseando consiliar el interez del acentista, el menor perjuicio de los infelices que se ocupan en la rebenta de frutos y el mejor ornato publico, acuerda dar Comicion á los Señores Don Domingo Ruiz Conde su Capitular y Don Vicente Serrano Diputado del Comun para que con arreglo à los mercados que estan designados dispongan se cituen en ellos las Casillas que permitan Sus localidades haciendo se coloquen las demas en los Sitios que Sean mas apropósito, dando cuenta antes de su ejecucion para la determinacion que corresponda. Se vió un Memorial de Antonio Garcia arrendador de la Renta de Sitios y pesos Solicitando que los inquilinos de las Casillas de Madera y demas que ocupan Sitio con Sus Puestos en las Calles y Plazas le abonen el derecho correspondiente à la citada renta; Y teniendo presente la Ciudad que Segun la condicion Sesta de la Escritura celebrada para el arrendamiento de las Casillas de Madera están obligados sus Ynquilinos à Satisfacer el derecho correspondiente à Sitios y Pesos si ocupan mas localidad que la de los tablones de dichas Casillas, por pequeña que sea, acuerda se ponga asi por testimonio á continuacion de la espresada instancia para que presentandolo al tribunal Politico de Abastos ó á quien corresponda hagan se le Satisfaga el Significado derecho. Se vió una Esposicion de la Comicion de Policia Vrbana manifestando que estando graduado en el Pretsupuesto aprovado por Su Magestad en un mil reales vellon el producto de las Sillas de la Alameda, hay persona que por la misma Cantidad se haga cargo de èl, con la condicion de persibir diez y seis mil por cada una que se ocupe; Y la Ciudad estimando ecsesiva dicha ecsaccion, acuerda se Saque à publica Subasta en el concepto de que el Licitador ha de persibir ocho mil unicamente por cada Silla. Se vió un Memorial de Reverendo Padre Guardian del Convento de San Pedro Alcantara de esta Ciudad quejandose de haberse establecido dos Casillas de Madera à las inmediaciones de dicho Edificio por ser contraria esta medida à las tareas de sus Religiosos; Y la Ciudad acuerda pase à la Comicion nombrada para el arreglo de Casillas à fin de que tenga presente dicha Ynstancia Se volvio à ver el Memorial de Antonio Martin en que Solicitava licencia por Seis meces para abrir tienda de Alpargatero con lo informado por los Sseñores Regidores Diputados Sobrefieles apoyando dicha Solicitud respecto à la conformidad prestada por los Alcaldes del Gremio; de que enterada la Ciudad acuerda conceder Seis meces de licencia al Superintendente para que tenga tienda abierta interin reune los derechos Reales y Gremiales La Ciudad acuerda se cite á Cavildo para tratar del producto y cargar del Caudal de Propios á cuyo fin se prevenga á la Contaduria forme el oportuno Estado. Con lo cual se concluyó este Cavildo que firman su Presidente y competente numero de Señores Regidores concurrentes de que Certifico Bureau [rúbrica] Rengel [rúbrica] Ruiz Conde [rúbrica] Francisco Gomez [rúbrica]

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