CODEMA19-09-0916
CODEMA19-09-0916
Resumen | Actas del cabildo municipal de Málaga, sesión de 24 de marzo de 1806. |
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Archivo | Archivo Municipal de Málaga
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Referencia | Vol. 196, ff. 124v-126v. |
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Typology | Actas y declaraciones |
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Fecha | 1806/03/24 |
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Lugar | Málaga |
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Provincia | Málaga |
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País | España |
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La Ciudad, de Màlaga Consejo, Justicia y Reximiento
de ella, se juntò à Cavildo en su Sala Capi
tular como lo hà de vso y costumbre oy dia
veinte y quatro de Marzo de mil ochoci
entos seis, que lo Presidio
El señor don Jayme Moreno y la
conte Brigadier de los Reales exercitos
Governador Politico y Militar de
esta Plaza
al que concurrieron los Cavalleros Rexidores
los señores
El Marques de Yslahermosa
don Francisco de Paula Ayala
don Francisco Maria del Bastardo Cisneros
don Josè de Quintana y Truxillo
don Antonio Pizarro
don Fernando Ordoñez y Gamboa
[columna A: don Josè Moreno
don Manuel Romero
don Miguel Vazo] [columna B: Diputados del Comun]
don Juan Doroteo del Postigo Sindico
Proposicion del señor
Maestro de Ceremonias
sobre que concu
rra la Ciudad
a la Adorazion de
la Santa Cruz el
Viernes Santo En este Cavildo hizo presente el señor don Francisco
Maria del Bastardo Cisneros Capitular de este
Yllustre Cuerpo, y su actual Maestro de Ceremonias que
haviendo adbertido que en el ceremonial de esta Muy
respetable Ciudad se prebiene al folio doscientos quarenta
y tres que el viernes santo asista por la mañana
asista esta à la adoracion de la Santa Cruz en la
Cathedral à que va despues del Cavildo Eclesiastico
con mucha decencia y humildad de dos en dos co
menzando por los Cavalleros Correxidor y Alferez
maior ô decano; y queriendo indagar qual sea
la Causa de haver suprimido este acto à que tan
solamente concurre hasta de presente el señor Governador
no ha podido apurar los motibos ô fundamentos
que haya havido paraello: En esta inteligencia le ha pa
recido à dicho Señor mui propio de su obligacion
hacer presente à la Ciudad lo prebenido en dicho
ceremonial para que en su vista, y con respecto
à ser este un acto tan deboto y humilde, como
de dar buen exemplo al Pueblo, se sirva Acordar
su Continuacion ô lo que sea de su agrado
Y la Ciudad enterada de lo expuesto por dicho Señor
Maestro de Ceremonias Su Capitular Acuer
da se continue lo prevenido por el citado Ce
remonial, y que se ofrezca por sus Capitulares,
y demas Yndividuos del Ayuntamiento con
la moneda de un peso duro: pasandose ofi
cio de lo Acordado à los Yllustrisimos Señores Dean
y Cavildo de la Santa Yglesia Catedral esperan
do lo tenga a bien
Lo citado
Abasto de Carnero En este Cavildo para el que ha sido Citado de
orden de dicho Señor Governador Presidente con cedula
[lat. ante diem], y expresion à el fin que se diri
gia á todos los Cavalleros Rexidores Diputados
y Sindico del Comun de que dieron feè los
Porteros haverla hecho en el modo acostum
brado, se bolbio á ver el Pedimento dado por
don Antonio de Pino, y Gonzalez Procurador
de este numero en que a nombre de don Salvador
de Alcuña de este vecindario hace postura à
el Abasto de Carnero desde el dia de resurrec
cion proxima hasta igual dia del año veni
dero de ochocientos siete a precio de quaren
ta y quatro reales cada libra de que se hizo
relacion en el celebrado à veinte y vno del
corriente con lo informado en su razon
por lo Señores Diputados Sobrefieles del presente
Mes y Sindico del Comun en que manifi
estan que haviendo hecho comparecer al
Postor, no se havia prestado de ningun modo
à hacer otra vaxa mas que à la de quaren
ta y dos quartos en los tres Meses de consumo
de obejà, y los demas nuebe Meses restantes
a quarenta y quatro allanando unicamente
la Segunda Condicion, y que haviendo he
cho comparecer à christobal Martin, ha
via sentado la proposicion de que siempre
que no se admitiere alguna otra vaxa
quedaria à cumplir el Abasto à precio de
quarenta y dos quartos y de lo contrario havia
de ser à quarenta y tres cada libra de Carnero
pudiendose admitir en este modo las Baxas
que se hicieren: Y la Ciudad para resolver con
el devido conocimiento dispuso que por el Por
tero don Josè de Piñar se compareciese al nomi
nado Postor Christobal Martin, y haviendolo
executado à poco rato entrò en èsta Sala Ca
pitular, y haviendosele leido su Postura para
que se ratificase en ella è instruidosele de
las condiciones puestas por Salvador de Alcuña
enterado de todo manifestó que unicamente
hacia la Postura de quarenta y tres quartos
cada libra de Carnero por todo el año desde
Pasqua de Resurreccion proxima hasta
igual dia del venidero año de ochocientos
siete vaxo las condiciones propuestas por el
Acuña à excepcion de la Segunda que desde
luego Suprimia; Y la Ciudad en su inteligenzia
Acuerda admitir como desde luego admite la
citada Postura, la que se pregone por el ter
mino de nuebe dias, rematandose en èl
ultimo en estrados publicos
Expediente sobre
composicion de
cañerias En este Cavildo se bolbio á ver el expediente for
mado á instancia del Señor don Fernando or
doñez, Sindico del Comun que fuè en el año
proximo pasado en razon de las obras y re
paros que necesitaban las cañerias publicas:
y al propio tiempo, se vio la orden del Supremo
Consejo por la que se faculta à la Real Junta
de Propios para inbertir en dichos objetos las
cantidades que produjo el cargamento de
trigo que corrio por cuenta de la Junta de
Abastos en el tiempo de la Epidemia: Y la Ciudad
atendiendo à lo vrgente que se hace la pron
ta composicion de los reparos que se necesitan
las Cañerias publicas y à lo que se dispone
por el Supremo Consejo en orden de diez y
ocho de Junio del año anterior, comunicada
por el Señor Yntendente de esta Provincia Mari
tima à la Real Junta de Propios Acuerda pa
se a dicha Junta para que determine lo
combeniente à precaber el daño que amena
za á esta Poblacion de llegarse á inutili
zarse las Cañerias
Memorial de Bernardo
Ramirez Sobre
el Pago de una
Arqueta dos Estan
tes y otros efectos
de Carpinteria Se volvio á ver el Memorial de Bernardo Rami
rez de esta vecindad, à que acompaña vna
relacion por menor del importe de una Cai
ta, dos estantes y otros efectos de Carpinteria
ascendiente à novecientos treinta y nuebe
reales Y la Ciudad Acuerda dar Comision al
Señor don Fernando Ordoñez du Capitular para
que disponga, que por Peritos se justiapre
cie la obra que se expresa y se reporte
Con lo qual se concluio este Cavildo que firmò
dicho Señor Governador Su Presidente y algunos de los
Señores Regidores Concurrentes à èl de que doy
feè Villegas [rúbrica] Don Antonio del Castillo Fragua [rúbrica]
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