CODEMA19-09-0258

CODEMA19-09-0258

TítuloCODEMA19-09-0258
Tipo textual
ResumenTestamento de Ana García.
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Málaga
ReferenciaAHMP P5422, ff. 154r-146v
TypologyTestamentos e inventarios
Fecha1809/09/11
LugarEstepona
ProvinciaMálaga
PaísEspaña
TranscriptorInés Carrasco Cantos

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Ana Garcia su Testamento En el nombre de Dios nuestro Sor y con su Santa gracia amen sepan quantos esta publica Escritura de testamento y Ultima Voluntad viere como yo Ana Garcia hija Lejitima por lejitimo Matrimonio de Diego y de Maria Gil defuntos vecinos que fueron de esta dicha villa de donde yo lo soy estando como al presente me hallo enferma de el Cuerpo y Sana de la Voluntad y en mi entero y cabal juicio memoria y entendimiento natural tal qual Dios nuestro Sor asido Servido darme Crellendo como firme y verdaderamente Creo en el alto incomplesible misterio de la Santisima Trinidad Padre hijo y Espiritu Santo tres personas distintas y un solo Dios verdadero en cuya fee y Crehencia a vivído y protesta vivir y morir como Catolica y fiel Christiana y deseando poner mi alma en Carrera de Salbacion Otorgo que ago y ordeno mi testamento en la forma y manera siguiente Primeramente encomiendo y mando mi alma a Dios nuestro Sor que la crio y redimio con el precio imfinito de su preciosisima Sangre y el Cuerpo a la tierra de que fue formado y quando su Santa y divina voluntad fuere Servido llevarme de esta presente vida ala Eterna quiero que mi Cadaver sea sepultado en el panteon de la Yglesia Parroquial de esta dicha villa con mortaja ordinaria y entierro llano y que el dia de el fuese ora de Celevrar y sino el siguiente me diga Misa de Cuerpo presente segun costumbre Yttem mando se digan por mi alma quince Misas rezadas las Cinco de ellas por Cargos de Conciencia las quales se Celevren quarta parte por la colecturia y las restantes por los Religiosos de el Combento de nuestro Serafico Padre Sor San Francisco dandose de limosna por Cada uno quatro reales vellón Yttem mando se den alas mandas forzosas y acostumbradas por una vez y para todas dos reales vellón con que las separo de qualquier derecho que puedan tener amis vienes pues asi es mi voluntad Yttem Declaro estube Casada en primera nuncias con Alonso Lopez hijo de Bernardo y de Maria dela O de cuyo Matrimonio tube una hija llamada Maria Lopez que Caso con Juan Sanchez y los susos dichos tubieron un hijo y mi nieto llamado Bernardo Sanchez que en el dia vive lo que manifiesto para que conste Yttem Ygualmente declaro estube casada de segundas nuncias con Francisco Sanchez de quien no tube hijos alguno y abiendo fallecido el suso dicho aben testato los cortos vienes que dejo y consistian en un pedazo de vina en la Cuesta de Ronda lo posehen los hijos que quando Caso con migo ya tenia el preleído mi segundo Marido de otro matrimonio lo que manifiesto para que conste Yttem Declaro poseo por mis vienes una pequeña Casita que es la de mi morada en la Calle de el Christo linde con otra de Manuel Figeroa: la mitad de una Cinbara la mitad de una Bota nueva veinte y quatro reales que me deven abonar de la Mortaja de dicho mi segundo Marido Cinco pesos que me corresponden de el esquilmo de la viña vendido La ropa y trastos de mi Casa y uso previniendo conservo a un de dicho mi Marido una capa un vestido de gergeta una chupa blanca dos camisones viejos dos chalecos y un par de carzetas lo que manifiesto para que conste Yttem Declaro que Fernando veles era deudor de onze pesos fuertes a el abintestato de dicho su segundo Marido los que se obligo a entregar aDon Francisco Herrera para que de ellos se cobrase cinco que se le devian y debolver los seis tres para mi y los otros tres para los herederos de dicho mi Marido lo que manifiesto para que conste Yttem Nombro por mis Albaceas testamentarios a Tomas Ynfante y Francisco Manuel ambos juntos y a cada uno de por su in solidum con poder necesario para que tomen de mis vienes lo que vaste y cumplan y paguen este mi testamento y quanto en el dejo dispuesto y ordenado sobre que les encargo mi alma y sus conciencias Y del residuo y remanente que quedaren de todos mis vienes nombro por mi unico y universal heredero a el citado mi nieto Bernardo Sanchez hijo de Juan y de Maria Lopez mi hija defunta para que los halla lleve y herede con la vendicion de Dios y la mia Y por el presente reboco y anulo otro qualesquiera testamento codicilos poderes para testar que antes y en contrario de este halla hecho y Otorgado por escrito o de palabra o en otra forma pues solo quiero varga este por tal mi testamento y ultima voluntad en aquella mejor via y forma que mas halla lugar en derecho en cuyo testimonio asi lo otorgo en la Villa de Estepona a onze dias de el mes de Septiembre de mil ochosientos nueve y la otorgante a quien yo el Escribano publico doy fe conosco no firmo por no saber asu ruego lo hizo un testigo que lo fueron presentes Jose Montero Juan Ordoñez Antonio Grimandi y Don Christoval de Robles vecinos de esta dicha villa Testigo Cristoval de Robles y Velasquez [rúbrica] antemi Alonso de Casas y Caravaca [rúbrica]

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