CODEMA_19-50-284
CODEMA 19-50-284
Title | CODEMA 19-50-284 |
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Text type | |
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Summary | Carta de Pedro Gallardo al conde de Luque sobre los daños causados por el temporal y petición de ajuste de renta. |
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Repository | Archivo Histórico Nacional. Sección Nobleza |
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Identifier | LUQUE, C.728, D.177-181, ff. 2r-v |
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Typology | Cartas privadas |
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Date | 1831/04/08 |
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Place | Marbella |
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Province | Málaga |
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Country | España |
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Transcriptor | Estrella García Muñoz |
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[margen superior derecho: denegada y comunicada la
resolucion al administrador en 27
de abril]
Ylustrisimo Señor Conde de Luque
Pedro Gallardo vecino de la ciudad de Marbella, y colono
de una de las cercas en rio verde de la propiedad de Vuestra Señoría
llamada de los Judios, le hace presente, que en los mes pro
ximos pacados, remitio á Vuestra Señoría dos instancias, solicitando
en ellas que con motivo del inorme daño, causado por el
Rio, tubiese Vuestra Señoría abien mandar, que con precencia de su
Administrador, arreglasen los peritos dichos daños, y echo cargo
de ellos, impuciesen la venta que enparticular esta cerca po
dia ganar, por ser excesivo el daño causado en ellas; y havien
do contextado Vuestra Señoría á la segunda que se hiciese entender à
dichos colonos que nada se le baxaba, el exponente; no pudi
endo tolerar el gran daño causado por haverse llevado el Rio
mitad de dicha cerca, y ademas tener senbrada en la oja del
trigo cinco fanegas dexando una fanega y quartillas, poco
mas ò menos, y llevandose las cuatro menos quartillas, en la que
fijaba un experanza para poder pagar á Vuestra Señoría la Venta del
presente año, y ademas doce fanegas que Vuestra Señoría le ha prestado
para la ciembra; en este concexto no le queda experanza al
guna al exponente para pagar las referidas rentas; pues en
lo que ha dexado el rio, solo podra cogerse doce fanegas; y
ademas en la oja del mais haverze llevado e inutilizando la
tercera parte de ella, introduciendose en la llovida del dia
4 del corriente en dichas tierras, por haverse firtrado porcion
de aguas por la parez que Vuestra Señoría ha hecho en el callejon por
donde ronpio para entrar en dichas cuevas, perjudicando
estas aguas las tierras que baña por la frialdad que ellas con
ciben e impedirles criar el mais, por tanto á Vuestra Señoría rendidamente
suplica que en virtud de lo expuesto tenga Vuestra Señoría en concideracion
dichos daños y mandar que se arregle la renta que en lo subce
civo deve ganar, pues no teniendo Vuestra Señoría esta concideracion al
que habla le sera forzoso dejarla, sabiendo de dicha cerca
sin auxilios para pagar ni continuar en la Labor de la cer
ca, quedando arruinada lo que Vuestra Señoría no deve permitir, y max
cuando siempre ha estado corriente, y sin atrasos en los pagos
en todos los años anteriores; y por tanto expera de la rerti
tud de Vuestra Señoría la gracia que solicita sin necesidad de valer a
del juicio de exterilidad que las Leyes le permiten para
estos casos; inte queda rogando á Dios prospere la
vida de Vuestra Señoría muchos años Marbella 8 de Abril de 1831)
Ylustrísimo Señor Conde de Luque
Pedro Gallardo [rúbrica]
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