CODEMA19-ACM-334-15
CODEMA19-ACM-334-15
Title | CODEMA19-ACM-334-15 |
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Text type | |
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Summary | Certificado de canonjías vacantes en la Catedral de Málaga durante la ocupación francesa.
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Repository | Archivo Catedralicio de Málaga |
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Identifier | ACM, leg. 334, pza. 15. |
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Typology | Certificaciones |
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Date | 1815/10/24 |
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Place | Málaga |
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Province | Málaga |
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Country | España |
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Transcriptor | Susana Elena Rodríguez de Tembleque García y Estrella García Muñoz
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Deanato.
Chantria
Canongía vacante
del
Señor Casamayor
[sello impreso lat.: Ferdinandus VII Dei Gratia Hispaniorum et Indiarum Rex]
[cruz impresa]
Cuarenta maravedís.
Sello cuarto, quaren
ta maravedís, año de mil.
ochocientos y quince.
Don Felix Casas Contador de la Mesa Capitular de los Señores Dean y Cabildo de la Santa
Ygglesia Catedral de esta ciudad de Malaga.
Certifico: que desde fines de Agosto de 1812 en que salieron los Franceses de
esta Ciudad, cumplido el año de Vacante (que llamamos de Annualidad) despues del
fallecimiento de Don Alvaro de Salazar Dean que fue de esta dicha Santa Ygglesia ha seguido
la Vacante de este Deanato hasta 23 de Febrero del presente año que tomó posesión
de él el Señor Don Antonio corrales y Luque, doctoral; y que así al año de Annuali
dad como al demas tiempo en que ha seguido la Vacante se ha repartido en
granos y otros frutos como en maravedis, lo mismo que a los demas Prebendados
sin desfalco alguno para este Cabildo, ni aun por sus acrescendi, cuyas rentas
se han entregado mensualmente, con distincion del tiempo de Annualidad
y del de la vacante subsiguiente, a las Oficinas Reales en virtud de Orde
nes de la superioridad.
Asi mismo certifico: que desde dicho tiempo que faltaron los Franceses, cumplido el
año de vacante de la Dignidad de Chantre, despues del fallecimiento de Don
Francisco de Loyo (a cuya anualidad se repartió en granos frutos y mara
vedis lo mismo que a otros cualquier prebendado sin desfalco alguno para el
Cabildo ni aun por sus acrescendi) del mismo modo se ha estado repatien
do despues de la Annualidad en todos los frutos, hasta que tomo posesion de
dicha dignidad en 8 de Diciembre de 1814 el Señor Don Josef Duaro: cuyos pro
ductos de la Annualidad vacante y de la vacante posterior se han ido
entregando mensualmente a las Oficinas de la Real Hacienda con separacion
de frutos y tiempos segun ordenes superiores.
Tambien certifico: que desde dicho tiempo de agosto de 12, despues de haber per
cebido la Real Hacienda cuanto perteneció en un año a la vacante de
anualidad por la canongía que gozó en esta Santa Yglesia Don Salvador Casamayo
y Cotrina, ha seguido la vacante percibiendo cuanto le ha pertenecido en
granos y maravedis y otros frutos lo mismo que la anualidad sin des
falco alguno por ningun motivo, hasta 5 de Julio del presente año en que to
mó posesión de esta canongia el Señor Don Josef Anselmo de Ortuzar. Cu
yas rentas se han entregado del tiempo de anualidad y de vacante.
Del mismo modo certifico: que desde que salieron los Franceses de esta Ciudad has
ta fin de setiembre proximo pasado, despues de haber percebido la Real
3 Canongías vacantes.
Por Casa
Por Terrova
Por Muñoz
Ración vacante
Por Lava
Ydem vacante
Por el Señor Ortuzar
3 medias ra
ciones vacantes.
Por los Señores
Zarreta
Monsalve
Torres.
hacienda cuanto pertenceió en un año a las tres canongías vacantes en esta
Santa Yglesia (la primera por fallecimiento de Don Domingo de la Casa, la segunda
por ascenso de Don Vicente Terrova y la tercera por muerte de Don Dionisio
Muñoz Nadales) han seguido tomando las vacantes cuanto les ha pertenecido en granos
maravedis y otros frutos como la anualidad sin desfalco alguno u por nin
gun motivo: cuyos productos se ha entregado mensualmente con distin
cion de anualidad y de vacante a dicha Real Hacienda y seguirá en
tregandose interin permanezcan vacantes estas canongías.
Ygualmente certifico: que por fallecimiento de Don Francisco Lava Razionero que fue de esta
Santa Ygesia tomó posesion de esta Razion el Señor Don Francisco Monsalve y Mu
xica en 3 de Diciembre de 1814, y que de consiguiente aun faltan para cumplir la vacan
te de Annualidad en este presente año ciento diez y medio días, en cuya
virtud se dará a la Real Hacienda lo que le toque a esta prorrata en 815 como
se ha dado por meses lo que le ha correspondido en 813 y 814 baxado el
{lat.: postmortem} de dicho Señor Lava.
Tambiem certifico: que el Señor Don Josef de Torres medio Razionero que era de esta dicha
Santa Yglesia tomó posesion de la Razion vacante del señor Ortuzar en 12 de Agos
to del presente año y que la vacante de esta Razion sigue cobrando su an
nualidad en granos maravedis y otros frutos que se entregaran mensualente a la
Real Hacienda.
Del mismo modo certifico: que a las tres medias Raziones vacantes en
esta Santa Yglesia la una por fallecimiento de Don Francisco Zarreta y las otras
dos por ascenso de los Señores Monsalve y torres, se les irá repartiendo
lo que corresponda a cada una en todos frutos según su tiempo, hasta que
cumplan su año de renta para la Real Hacienda a la que se irán entre
gando sus productos mensualente sin desfalco alguno como se hace
con las anteriores. Y que si no se proveyeren, y se cumpliere dicha
Annualidad, se les irá repartiendo a cada una lo que corresponda
a su vacante sucesiva.
Lo referido mas por menor parece de los libros y repartimientos que paran en esta
Contaduría de dichos Señores Dean y Cabildo a que me remito. Y para que conste (de su
orden) doy la presente en Malaga a veinte y cuatro de octubre de mil
ochocientos quince.
Entre renglones: tomando [rúbrica]
Felix de Casas [rúbrica]
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