CODEMA19-09-0999
CODEMA19-09-0999
Title | CODEMA19-09-0999 |
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Text type | |
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Summary | Actas de la reunión que el cabildo municipal de Málaga celebró el 24 de agosto de 1863.
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Repository | Archivo Municipal de Málaga
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Typology | Actas y declaraciones |
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Date | 1863/08/24 |
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Place | Málaga |
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Province | Málaga |
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Country | España |
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Transcriptor | Estrella García Muñoz |
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El Ayuntamiento Constitucional de Málaga se reunió 181
a Cabildo ordinario en su salon de sesiones Casas Capitulares
provisionales calle de San Agustin número 11 á las ocho de
la noche de hoy lunes veinte y cuatro de Agosto de mil
ochocientos sesenta y tres. Presidió el Señor Don Miguel More
no signo Mason signo Alcalde Constitucional de esta Ciudad: asistie
ron los Señores Regidores Don Joaquin Jimenez, Don Obdulio Cas
tel, Don Guillermo Reboul, Don José olmo y Diaz, Don Francisco
rúbrica Eloy Garcia, y Don Bernardo signo Melendez.
Se dio por constituida la sesion en aplicacion
del articulo 64 de la ley municipal.
Se leyó el acta anterior y fue aprobada
Ornato.
Plano de la calle
de la trinidad. Tanto por consecuencias de lo prevenido por el Excelentísimo Señor
Gobernador en su oficio de 27 de Julio último respecto al
plano de alineacion de la calle de la trinidad como
por instancia de Salvador Valderramas se ocupó nueva
mente el Ayuntamiento de esta cuestion en todas sus
relaciones con los planos existentes y vias contiguas ha
llando en su concepto que procede afirmarse en el medio
propuesto en 7 del anterior de que se fijen á la citada
calle diez varas de anchura muy suficientes para sus
condiciones: que se haga esta rectificacion en el plano, en va
de los diez metros que equivocadamente fueron marcados
en el trazado carmin de puntos y que se permitan en
este sentido las edificaciones que se vayan solicitando. Se
acordo tambien hacer presente al referido Excelentísimo Señor
Gobernador que consultando el testo de la Real órden
de 25 de Junio de mil ochocientos sesenta y uno podrá
convenserse que por ello no fué aprobado ni desaprobado
el anteproyecto de ensanches que el Gobierno para resolver
se reservó conocer muchos datos y que el Articulo 2.º de dicha
Superior disposicion que fue de decirse es la parte mas pre
ceptiva y radical de ella autoriza solo para impedir
edificar en los sitios destinados á las vias proyectadas y en
las prolongaciones de las señaladas hasta donde se juz
gue convenientes, por cuyo motivo no hay mérito hoy para
respetar tan en absoluto lo que antes fuera indicado y
despues se conozca que debe ser reformado. Y que por esta
consideracion y para evitar graves perjuicios á la propiedad,
se suplique la confirmacion de esta deliberacion
ornato
Calle de los Cristos. Expediente de alineacion de la calle de los Cristos, Ynstancia
del Excelentísimo Señor Don Antonio María Alvarez en solicitud de
reforma de la casa número 7 de dicha calle. Ynforme dela
comision de ornato y alineaciones. = El Excelentísimo Señor Don Anto
nio María Alvarez solicita la reforma del Corralon número 7
calle de los Cristos con arreglo al plano que presenta. = Esta
reforma no puede permitirse por oponerse á ello la Real
órden de 9 de febrero último como así lo consigna el Señor Alcal
de en decreto marginal = Se halla formado el plano de la
calle y con la alineacion proyectada, pero no ha merecido la
aprobacion de Vuestra Excelencia porque la limitó hasta la calle de Saa
vedra que fue donde se hicieron obras. = signo Ahora que se trata la
brar en la calle de los Cristos debe tenerse presente la alinea
cion que está indicada con puntos á la cual deberá sugetarse
el edificio formando plaza en parte de él, cuyos terrenos juzga
la comision deben indemnizarse por Vuestra Excelencia en virtud á resul
tar por esta alineacion beneficio público. = Es cuanto puede
informar á Vuestra Excelencia esta Comision sobre el particular. Málaga [margen superior: sello] 189
18 de Agosto de 1863. = Jimenez =. Muñoz = El Ayuntamiento
adopto y aprobó el anterior dictamen de la Comision, cons
tituyendo así la alineacion de la referida calle de los Cristos
que incluye la plaza.
ornato.
Calle de Granada. Examinado el expediente de alineacion de la calle de
Granada con motivo de haber pedido licencia para ree
dificar la casa número 70 de la misma su propietario Don
rúbrica Manuel Gutierrez de Celis; visto el acuerdo del Ayunta
miento de 12 de Agosto de 1862, el oficio del Excelentísimo Señor
Gobernador de 22 del mismo mes y año y lo informado
en 18 del corriente por la Comision de alineaciones y
rúbrica ornato aprobó el Ayuntamiento en totalidad el plano
de que ya había aprobadas una parte, sin fijar anchu
ra comun ó uniforme á las ciferentes secciones ó trozos
de la espresada calle por razon de las graves dificulta
des que esta cuestion presenta Este acuerdo será remiti
do á la aprobacion del Excelentísimo Señor Gobernador.
Ornato.
Yndemnizacion
terreno calle de
la Jara. Acta de la Comision de ornato. = En la Ciudad de
Málaga a veinte y ocho de Julio de mil ochochien
tos sesenta y tres se reunió la Comision de ornato acom
pañado del Arquitecto titular y oficial 3.º de la Secretaria
del Ayuntamiento para pasar á la casa número treinta
calle de la Jara con objeto de dar alineacion, y presente
el propietario Don Manuel Yzquierdo con su Maestro de
obras Don Antonio Reynas se procedió á la alineacion con
presencia del plano de la calle aprobado dando el resul
tado de una remetida por el número veinte y ocho ce cos
y medio pies y cinco por el mismo treinta y dos; siendo
la longitud de la fachada treinta piés, que hacen varas
cuadradas doce y tercia; que apreciados por los peritos se
dieron de valor setenta reales cada una que importan ocho
cientos sesenta y tres reales con lo que se conformó la Comision
y el interesado firmando de que certifico. Fernando = El
Ayuntamiento prestó su aprobacion, acordando el pago.
Contabilidad. Cuentas de Mayo Fueron presentadas las cuentas cel Depositario correspon
dientes al mes de Mayo de este año y el Ayuntamiento acor
dó pasar à la Comision de Hacienda para su examen.
Contabilidad
Pago Lápidas
de las calles. Faltando en la Ciudad algunas lápidas ó loretas de
los nombres de las calles y determinando la regla veinte
de la Real òrden de veinte y cuatro de Febrero de mil ocho
cientos sesenta que este gasto sea de cargo delos Ayunta
mientos, se acordó su pago ce la partida ce imprevis
tos.
Aguas.
Fuente de puerta
nueva - estàtua Concluida la fuente erigida en el sitio nombrado de
Puerta nueva se ha conocido que la esbeltéz de aquella
exije que la estátua de su remate no sea de hierro fun
dido, sino de Marmol de Ytalia. Por estas conside
raciones acordó el Ayuntamiento se adquiera la referida
estàtuas con cargo al crédito de fuentes y cañerias
Guardia rural
vacante. Vacante una plaza de Guardia rural por baja de
Francisco Cazorla se acordó quela Comision del ramo
se sirva presentar terna para el reemplazo.
Guardia Municipal
vacante. Se acordó que la Comision inspectora dela Guardia
Municipal se sirva presentar la aportuna terna para [margen superior: margen] 183
reemplazo de la vacante causadas por la baja del
Guardia Andres Suarez y Suarez.
Arbitrios.
Derechos módicos
rúbrica Estándose tratando en la actualidad la cuestion de
conciertos de derechos módicos sobre las especies de consu
mos y teniendo por convenientes el Ayuntamiento antici
par el nombramiento de la Comision que oportuna
mente habrá ce representarle en dichos actos, eligió á
los Señores Don Santiago Casilari y a Don Francisco Eloy
Garcia á fin de que con tiempo se estudie este particular
y se reunan catos en interes de los fondos municipales.
Cementerio.
Nichos de la her
mandad de Luz
y Vela. Enterado el Ayuntamiento de un escrito del Señor Direc
tor de la Real y Pontificia Congregacion de Luz
y Vela ante el SSantísimo Sacramento partisipando
tener dispuesta la venta de veinte de los ciento veinte
nichos que posee la misma en el Cementerio acordó no
adquirirlos, antes bien dar su licencia para la ena
genacion,
Funciones religiosas
Honras. El Ayuntamiento acordó asistir á las honras que de
ben tener lugar en la Santa Yglesia Catedral el dia
veinte y seis para sufragios de los finados por el ter
remoto ce Manila.
Ornato.
Delineante. Se vió la instansia siguiente = Excelentísimo Ayuntami
ento Constitucional de esta Ciudad = Don Emilio Her
rera y Delarco de esta vecindad ante Vuestra Excelencia con la consi
deracion debida tiene le honor de esponer que habiendo
sobreraspado = ciento veinte = vale
visto la falta que hacia subir la plaza de delineante
bacante aun, á las inmediatas órdenes de el digno
Arquitecto Municipal de esta Ciudad Don José Tri
gueros sepresentó á el dicho Señor Arquitecto en calidad de
solicitudes á la referidas plazas, cispuesto el esponente á
probar prácticamente lo que para el caso se le exigiera; siendo
contestado á esta súplica, mandándole levantar el plano
de la calle cel cárcer, sirviendo esto ce pruea para la admi
cion del que tiene el honor de suscribir habiendo levantado
dicho plano y entregado al referido Señor Arquitecto, lo ha
aprobado como así mismo el Excelentísimo Ayuntamiento; no cig
nándose el espresado Señor Don José Trigueros dar contestacion
alguna al recurrente a pesar de haber transcurrido algunos
meses; por lo tanto acude á esa muy digna e Ylustre
Corporacion en solicitud dela repetida plaza estando pronto
el que suscribe a sufrir porsegunda vez si así se exije, cual
quier genero ce pruebas concernientes á dicho cargo y su
caso queno se le conceda la repetida plaza se le abone el
valor ce los planos que ceja mencionados. = Suplica á
dicho Excelentísimo Ayuntamiento se sirva acceder segun bienes soli
citando por creerlo así de justicias. Dios guarde á Vuestra Excelencia muchos años
Málaga 23 de Julio de 1863. = Emilio Herrera y Velazco
Discutido el particular se acordó se le pague lo que se acre
dite ser justo y que sin perjuicio de seguir por ahora inte
rinamente los dos delineantes que tiene ocupados el Ar
quitecto municipal entre los cuales se reparte la dota
cion de 8000 reales, se provea por oposicion una plaza ce celi
neante con este mismo haber dándoze à la convocatoria
la mayor publicidad posible por medio de la Gaceta del [margen superior: sello] 184
Boletin oficial de la provincia y periodico dela Capital,
con señalamiento de dos meses para la admision de
solicitudes.
Con lo cual se levantó la sesion, siendo las 9 ½
de la noche. Firman los Señores concurrentes de que certifico
[firman: Moreno] [rúbrica]
Reboul [rúbrica] Olmo [rúbrica] Castel [rúbrica]
Muñoz [rúbrica] Melendez [rúbrica]
Eloy Garcia [rúbrica]
Por Autorización Del Excelentísimo Ayuntamiento Constitucional
José María Lopez
secretario [rúbrica]
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