CODEMA19-09-0979
CODEMA19-09-0979
Title | CODEMA19-09-0979 |
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Text type | |
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Summary | Actas de la reunión que el cabildo municipal de Málaga celebró el 10 de enero de 1842. |
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Repository | Archivo Municipal de Málaga |
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Identifier | AMM, vol. 244, ff. 8v-10v. |
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Typology | Actas y declaraciones |
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Date | 1842/01/10 |
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Place | Málaga |
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Province | Málaga |
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Country | España |
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Transcriptor | Estrella García Muñoz |
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El Ayuntamiento Constitucional de esta ciudad se juntó a cabildo en
su sala capitular hoy, diez de enero de mil ochocientos
cuarenta y dos, que lo presidió
el señor don José Hernández,
alcalde 1.º constitucional,
al que concurrieron los señores
don Agustín Villegas,
don Casimiro Herráez,
don Diego Gastambide,
don Antonio Martínez,
don Pedro José Carazo,
don Vicente de la Vega,
don Antonio Noboa,
don Antonio Checa de la Vega,
don Diego Rodríguez,
don Miguel Reina y Montes,
don José Blond,
don José Trigueros Navas,
don Juan José Morales,
don Manuel Cardero,
don Francisco P. Sola,
don Enrique Bargela.
Alcalde 2.º.
Alcalde 4.º.
Regidores.
Síndico.
Se leyó el acta anterior y se halló conforme.
mano 2: Alcalde. El Ayuntamiento acuerda que un impreso de la alocución del señor
alcalde 1.º se una por cabeza del Libro capitular de este año.
A petición del señor alcalde 1.º, acuerda el Ayuntamiento que por mí,
mano 2: Actas. el secretario, se lleve un cuaderno borrador de actas, que se
rubrique concluido el cabildo, con el objeto de que puedan
despacharse los asuntos comunes y haya una memoria
excrita para la conformidad de los acuerdos.
mano 2: Alcaldes barrio. El Ayuntamiento acuerda que lo resuelto en el cabildo anterior para
que no puedan ser reelectos los alcaldes de barrio sea
estensivo a los segundos.
Teniendo presente el Ayuntamiento lo pre [margen superior: sello] [margen superior derecho: 9]
venido en el artículo 3.º del Reglamento de Alcaldes de Barrio
que se adopte en el año pasado, y discutiéndose sobre la
observancia del párrafo en que se exije que para ser electos se
requiere la cualidad de estar inscriptos en las listas
elec mano 2: Alcaldes de
barrio. torales, acordó que mediante las dificultades que esto ofrece
por la escasez de hombres para estos cargos, unas
particularmente en los barrios, se continúe la elección de las
personas que se consideren unas beneméritos, alterándose en
esa parte el citado artículo, y esto sin perjuicio de que los
señores alcaldes constitucionales conferencien y hagan sobre todo
el reglamento las indicaciones que estimen oportunas. El señor
regidor Martínez no estuvo conforme en que se faltase al reglamento.
Continuando el nombramiento de alcaldes de barrio, el
señor regidor Blond propuso para el cuartel 4.º a don Joaquín Leal;
y el Ayuntamiento lo aprobó como habitante en este cuartel y no en
el 5.º para que fue nombrado. En este caso el señor regidor
Martínez se reservó proponer otro para el cuartel 5.º.
Cuartel 7.º. El señor regidor don Antonio Checa propuso a don Santiago
Llerena, don José García Saborio y don Francisco García; y el Ayuntamiento
acordó quedase en suspenso para otro cabildo.
Cuartel 14. El señor regidor don Alonso Molina propuso a don Rafael
Ibáñez; y el Ayuntamiento prestó su aprobación.
Cuartel 23. El señor regidor don Limon Castel propone a don José
Martín Rodríguez, don Diego Utrera y don José Vázquez
Victoria; y el Ayuntamiento aprobó a don José Martín Rodríguez.
El Ayuntamiento acuerda que los señores regidores que aún no
tienen nombrados alcaldes de barrio en sus
respectivos cuarteles, los propongan con urgencia, y respecto a
los señores Truán y Carreras que tienen asignados el 8.º
y 11.º, que por causas justas no pueden proponer, se acordó
asignar el 8.º provicionalmente al señor regidor Nardo, y el 11.º en los
mismos términos al señor Morales, cuyos señores se servirán hacer
la propuesta para el 1er cabildo.
Don José Trujillo, don Antonio de la Torre Bonifaz y don
mano 2: Politica urbana
Establecimientos Federico del Olmo presentan el decreto del señor gefe superior
político concediéndoles el establecimiento de una imprenta,
dando conocimiento a esta corporación; y el Ayuntamiento quedó enterado,
y acordó se dé conocimiento a la comisión de contribuciones.
mano 2: Contribuciones. Don Francisco Ramos dice de agravios en la cuota que
le está señalada por equivalente de alojamiento; y el
Ayuntamiento acordó pase a la comición.
El señor juez 1.º de 1.ª instancia concede el término de
mano 2: Alumbrado. 3.º día para que se conteste la demanda puesta contra el
Ayuntamiento por el asentista de alumbrado don Fancisco Muñoz, y
después de una detenida discusión en que se tuvieron
presentes algunos antecedentes, acordó el Ayuntamiento en cumplimiento de lo
prevenido en el artículo 46 de la ley de 3 de febrero se
pase el espediente a los abogados consultores don
Vicente Gómez Sancho y don Gaspar Ramos, y que en esta
misma fecha se conteste al señor juez que debiéndose
llenar esta formalidad de la ley se sirva ampliar
el término para que pueda tener lugar la consulta que
desde luego se somete a los letrados que tiene
nombrados esta corporación.
mano 2: Alumbrado. El Ayuntamiento autoriza a la comisión de Policía para que
de los fondos de propios provea lo necesario a que no
carezca el público del alumbrado.
El Ayuntamiento acuerda se haga una alocución al
público de lo satisfecha que está esta corporación por el
buen comportamiento, sensatez y cordura con que ha
procedido en la fiesta única que tuvo lugar en el día de [margen superior: sello] [margen superior derecho: 10]
mano 2: Fiestas
cívicas. ayer, sin que se haya notado el menor disgusto en
medio de tan numerosa concurrencia a estos actos.
El señor alcaide de estas casas dio cuenta del mal
mano 2: Alumbrado. estado en que se encontraban los faroles del alumbrado de
los balcones de este edificio; y el Ayuntamiento acordó está en las
facultades de dicho señor tomar las providencias que juzgue
oportunas para hacer se cumpla exactamente la contrata.
El señor síndico Cardero pidió se invite a la
Co mano 2: Comisión de
culto y clero. mición de culto y clero para que revise la ley de 2 de
setiembre último sobre la aplicación de los réditos de las
fincas del clero secular que se destinan para dicho
culto hasta la venta de las fincas; y el Ayuntamiento lo
acordó así.
El Ayuntamiento acuerda se pasen a los señores
síndicos las instancias y demás pedidos sobre los pres{16 bíteros que optan a que se les nombre de cuaresmales.
El Ayuntamiento acuerda que el cabildo de mañana sea
mano 2: Quintas. para quintas, y si da tiempo para asuntos de Milicia
Nacional.
Y se concluyó este cabildo, que firmó su presidente y demás
señores concurrentes, de que certifico. Alonso Molina. [rúbrica]
Hernández. [rúbrica] Herraz. [rúbrica] Juan Josef
Morales. [rúbrica]
Carazo. [rúbrica] Rodríguez. [rúbrica] De la Vega. [rúbrica]
Miguel de Reina. [rúbrica]
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