CODEMA19-09-0967

CODEMA19-09-0967

TitleCODEMA19-09-0967
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SummaryActas de la reunión que el cabildo municipal de Málaga celebró el 28 de abril de 1838.
RepositoryArchivo Municipal de Málaga
IdentifierVol. 240, ff. 124r-126r.
TypologyActas y declaraciones
Date1838/04/28
PlaceMálaga
ProvinceMálaga
CountryEspaña
TranscriptorEstrella García Muñoz

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El Ayuntamiento constitucional de esta ciudad se juntó a cavildo hoy, veinte y ocho de abril de mil ochocientos treinta y ocho, que lo precidió el señor don Joaquín García Segovia, alcalde segundo constitucional, al que asistieron los señores don Francisco Reboid, don José Trigueros Navas, don Esteban Peres y Barzo, don Simón Castell, don Juan José Morales, don Manuel Cardero, don Antonio Spiteri, don Manuel Hernández, don Juan Díaz Anaya, don José Novillo, don Salvador Jabeiro, don José Fermín de Jauregui, don Pedro Gómez Sancho. Instruido el Ayuntamiento del estado del espediente de subastas de las rentas que se cobran en la casa Alhóndiga y en Puertas, acordó se haga entender a don José Antonio Rute, en cuyo favor se han rematado las de Puertas, preste la fianza que arroja el pliego de condiciones, la que será a satisfacción de la comición de Hacienda, dándole para ello el término de ocho días y sin perjuicio se le pondrá en poseción, pasándose al señor intendente el correspondiente oficio; y por lo que hace a don Juan Ruiz de Covos se le haga saber precente las fianzas que le corresponden por ser su obligación mediante a que don Francisco Sirtos, en cuyo favor cedió el remate, no las tiene y debió egecutarlo en persona que las pudiese prestar. Al mismo tiempo acuerda que esta misma tarde se comunique esta dispocición. Agustín Martínez, segundo del egército, por inútil pretende entrar de sostituto por Cristóbal Carrión, quinto número 50 de la villa de Álora. Y como que acredita con los documentos correspondientes ser de buena vida y costumbres, y hallarse en la edad [margen superior: sello] [margen superior derecho: 125] competente, acordó el Ayuntamiento se le espida el certificado que previene la Ley de reemplazos esprecivo de conciderarlo apto para la sostitución siempre que halla cesado el motivo de su inutilidad. El Ayuntamiento acuerda que los oficios de contestación dados por los señores de esta corporación que han sido eseptuados y tienen relación con el artículo ofencivo al Ayuntamiento inserto en el periódico El Correo Nacional, se pasen al caballero síndico don Pedro Gomes Sancho para que al primer cavildo traiga la contestación que ha de darle al público. El Ayuntamiento acuerda que la comición de Policía Urbana liquide lo que deben los dueños de carros faeneros por atrazos como lo que hallan cubierto estrayendo carradas de escombros del combento San Pedro Alcántara. Manuel Núñez solicita entrar de sostituto por Antonio Vergara, quinto número 17 de Almogía, y justificando ser de buena vida y costumbres, el Ayuntamiento acordó se le espida el certificado que proviene la Ley de reemplazos. Nicolás Rodríguez, sargento 1do del egército, pretende servir de sostituto por Cristóbal Benítez, quinto número 46 de la villa de Yunquera; y justificando debidamente ser de buena vida y cotumbres y hallarse en la edad competente, acordó se le espida el certificado que previene la Ley de reemplazos esprecivo de con ciderarlo apto para la sostitución. Enterado el Ayuntamiento de un oficio del señor jefe superior político por que manifiesta que sus muchas ocupaciones no le permiten concurrir a este cavildo para el que fue invitado, se procedió a discutir el asunto pendiente, sobre hacer precente al excelentísimo señor capitán general, combendría evitar a los electores todo motivo de temor infundado para emitir sus votos en las próximas elecciones de senadores y diputados a Cortes, siendo el ánimo del Ayuntamiento únicamente el que se practicasen sin la más leve idea de coacción, y como varios señores fueron de sentir que no se tratase del particular sin que estubiese precente dicho señor gefe, el señor alcalde segundo precidente puso a votación la propocición siguiente: si no habiendo concurrido el señor gefe superior político, debía acordarse o no reprecentar al excelentísimo señor capitán general sobre el asunto indicado. Dijeron que los señores alcalde segundo, alcalde cuarto y regidores Cardero y Novillo, y estubieron por la contraria los señores Trigueros, Peres, Morales, Castell, Spitery, Hernándes, Díaz, Jabeiro, Jauregui y Gómez Sancho. En seguida propuso el mismo señor alcalde si se invitaría de nuevo al señor gefe superior político para tratar del particular, y se acordó unánimamente por la afirmativa, y que en el oficio se esprese a su señoría se sirva señalar el día y hora en que podrá asistir, quedando encargado el señor alcalde segundo precidente de enterarlo del asunto y objeto que se propone esta corporación. Y se co [margen superior: sello] [margen superior derecho: 126] cluyó este cavildo, que firman su presidente y señores, de que certifico. Segovia. [rúbrica] Reboul Soto. [rúbrica] Trigueros. [rúbrica] Jabeiro. [rúbrica] Sipteri. [rúbrica] Morales. [rúbrica] Castelar. [rúbrica] Cardero. [rúbrica] Novillo. [rúbrica] Hernández. [rúbrica] Pérez. [rúbrica] Joaquín Arias.

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