CODEMA19-09-0143

CODEMA19-09-0143

TitleCODEMA19-09-0143
Text type
SummaryCarta de María Bernarda Balderrama en que solicita licencia para vender casa.
RepositoryArchivo Municipal de Málaga
IdentifierAMM, vol. 192, f. 114
TypologyCartas privadas
Date1802/01/07
PlaceMálaga
ProvinceMálaga
CountryEspaña
TranscriptorLivia Cristina García Aguiar

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[Encabezamiento: Ilustrísima ciudad] Doña María Bernarda Balderrama, vezina d'esta ciudad y viuda de Juan Delgado, ante vuestras señorías, con el devido , le haze presente que, en veinte y nueve de diziembre del año pasado de setecientos ochenta y uno, Juan Benegas, que fue de esta misma vecindad, tomó a censo de los proprios de esta ilustre ciudad una fanega de tierra que había de cercar de higueras chumbas, y en ella fabricar una casa y tejar, en precio de un mil reales de todo valor, y por réditos treinta reales al año, situada saliendo de la calle de la Cruz Verde azia el Ejido, a mano siniestra, linde con el camino que va a la Victoria, con tierra de Bernabé Joyera y haza del Ejío y barranco donde se saca el barro. Y por otra escritura, su fecha treinta de enero del año siguiente de ochenta y dos, ante don Joaquin Fernández de la Herrán, escribano que fue de este número, declaró el Juan Benegas que dicha adquicisión había sido echa a instancia y solicitud de don Carlos José de Peñarrubia, por lo cual era suya propria dicha fanega de tierra, renunciando y transfiriendo en el susodicho su dominio. Y después, por título de herencia, recayó el citado terreno y casa que había labrado en Francisco Bermúdez, José Moreno y Rosa Bermúdez, su muger, Miguel del Castillo y Luisa Bermúdez, la suya, y otros; los cuales, por escritura otorgada en seis de noviembre de ochenta y nueve ante don Juan Pérez García, lo vendieron todo a el dicho Juan Delgado, defunto, y en su viviente labró otras tres casas y otra dexó en primeras maderas. Y, por su fallecimiento, en las particiones que se celebraron se adjudicó a la suplicante y otros dos de sus hijos la casa señalada con el número dos, linde con la principiada a fabricar, que vendió a José Asencio, y por el otro lado con casas de la exponente y otros sus hijos, la cual tienen tratada de vender a Joaquín García, de este proprio vezindario, en precio de quinze mil reales de todo valor; y por libre del citado censo de un mil reales de principal, pues este queda cargado sobre las otras pocesiones, solamente con el cargo de requerir a esta ilustre ciudad para si la elixe por el tanto, y de pagar décima. Y, respecto a que para dicha enagenación se necesita practicar igual diligencia, ocurren a la justificación de vuestras señorías, suplicándoles se sirvan en vista de lo manifestado, no elixiendo dicha casa por el tanto, concederle su permiso y licencia para celebrar la indicada venta, estando prontas a pagar la correspondiente décima. A cuya gracia quedarán reconocidas y pedirán al Todopoderoso conserve las vidas de vuestras señorías dilatados años. Málaga y enero 7 de 1802. Por la contenida, que no sabe escrivir, y por sus hijos Juan y Ana. Antonio Josef del Pino y González. [rúbrica]

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